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| Fuente: Andina |
El Juez, el señor José Clemente Escudero
López, a cargo del caso, deberá resolver la oposición en los próximos
días.
En la oposición se pide que se deje sin
efecto la medida cautelar que permitió a Minera IRL dejar de pagar la deuda por
70 millones de dólares que tiene con Cofide por un crédito puente otorgado en
el año 2015.
La medida incluso prohíbe a Cofide el
inicio de procesos judiciales para lograr el cobro de la acreencia.
Esta decisión del 14° Juzgado Civil y
Comercial no solo es cuestionable e insólita, sino que sentaría un peligroso precedente para que cualquier
empresa deje de pagar sus deudas contraídas con cualquier institución del
sistema financiero.
Razones para impugnar
La impugnación presentada por Cofide se
sustenta en que la medida cautelar no cumple con ninguno de los requisitos
legales que se exigen para el otorgamiento de la cautelar.
También se sustenta en las graves
irregularidades incurridas en su otorgamiento, como la incompetencia del Juez
Escudero para dictar la cautelar, toda vez que las partes, en el contrato de préstamo,
sometieron sus controversias a la competencia de los jueces de Nueva York
(Estados Unidos) y no al Poder Judicial peruano.
Adicionalmente, Minera IRL habría
anunciado una solicitud de arbitraje ante la Cámara de Comercio de Lima, a fin
de llevar a Cofide a un arbitraje para seguir impidiéndole que cobre la deuda.
Hasta el momento, esta solicitud no ha sido notificada a Cofide.
Cofide espera que el Juzgado responsable
de decidir la oposición presentada actúe con arreglo a Ley y de la razón a Cofide
como corresponde a su derecho y le permita cobrar la deuda, que perjudica al
Estado, hasta el momento, en 70 millones de dólares.

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