![]() |
| Foto: Andina |
Esta dependencia del JNE consideró que la campaña cumple con
las exigencias para ser considerada como “de impostergable necesidad y utilidad
pública”, por lo que la exceptúa de la prohibición de emitir publicidad
estatal, que rige desde el 10 de enero.
La campaña “tiene como objeto informar a la ciudadanía las
actividades de la visita del sumo pontífice y las medidas de organización,
seguridad, prevención y protección”, señala la resolución de la referida
dirección.
JNE: entró en vigencia prohibición de publicidad estatal por elecciones 2018 https://t.co/LnASEN1Ya2 pic.twitter.com/SB8Ncsoohd— Diario La República (@larepublica_pe) 12 de enero de 2018
Previamente, se evaluó el informe del caso elevado por la
Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE.
Dicho informe señaló que la campaña cumple con lo requerido
por el reglamento vigente de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y
Neutralidad en Periodo Electoral, al no encontrarse insertos elementos
prohibidos por la normativa.
Por esa razón, se autorizó con la correspondiente celeridad
el oficio remitido por la titular de la PCM, Mercedes Aráoz.
Cabe señalar que mientras no se instalen los Jurados
Electorales Especiales para los presentes comicios, la citada dirección del JNE
es competente para resolver, en primera instancia, en materia de propaganda
electoral, publicidad estatal y neutralidad.

Publicar un comentario