NI FISCALÍA NI PROCURADURÍA CUESTIONARON ARRESTO DOMICILIARIO, SEÑALA PJ


(Andina) Ni la Fiscalía ni la Procuraduría Antiterrorismo cuestionaron el arresto domiciliario dictado en primera instancia para los cabecillas terroristas Osmán Morote y Margot Liendo en 2017, señalaron hoy los jueces del Colegiado A de la Sala Penal Nacional, que ratificó la medida en la víspera.

En conferencia de prensa, el juez René Martínez explicó que la defensa de ambas personas solicitaron la excarcelación al considerar que había exceso de prisión efectiva, pues habían cumplido en 2013 los 25 años de condena por delito de terrorismo.

Según detalló, en julio de 2017, al confirmarse la resolución en primera instancia que ordenaba detención domiciliaria, ni el Ministerio Público ni el procurador antiterrorismo Milko Ruiz hicieron uso de algún medio impugnatorio para recurrir a otra instancia y revisar la resolución.

"Dónde estuvo el Ministerio Público o el procurador, que ahora se rasga las vestiduras y no cuestionaron la decisión", aseveró el juez.

Para Martínez, el procurador ha salido ahora a la prensa a cuestionar y agraviar la majestad del Poder Judicial con expresiones que la sala rechaza.

Remarcó, en ese sentido, que el colegiado ha actuado dentro del marco legal y de la Constitución, en ejercicio pleno de su independencia y autonomía. 

El arresto domiciliario, añadió, asegura que los procesados puedan continuar presentándose en el juicio del caso Tarata, por el cual son procesados y que, afirmó, se encuentra en su fase final.

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