Norma publicada en El Peruano establece multas de hasta S/
336 para quienes infrinjan disposición
(Andina) Los conductores y pasajeros de motocicletas deberán usar
cascos de seguridad y chalecos distintivos que lleven impreso el número de
placa del vehículo menor en el que viajan, según norma publicada en el Diario
Oficial El Peruano.
El Decreto Supremo 022-2019-IN, que aprueba el
Reglamento del Decreto Legislativo 1216 y que busca fortalecer el trabajo de la
policía en la fiscalización del tránsito y en el fortalecimiento de lucha
contra la inseguridad ciudadana, fija multas de hasta 336 soles para
quienes infrinjan esta disposición.
La norma indica que, en un plazo de 90 días, contados a
partir de hoy, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC),
a través de la Dirección General de Políticas y Regulación en el Transporte
Multimodal (DGPRTM), emitirá una resolución con las especificaciones técnicas
para el uso de cascos y chalecos.
La disposición precisa, además, que las sanciones, así como
la retención de la motocicleta, serán impuestas a partir de los 180 días
hábiles contados desde el día siguiente de publicada la resolución directoral
de la DGPRTM.
La vigencia de la mencionada normativa estará acompañada de
un plan de sensibilización para el uso de cascos de seguridad y chalecos
distintivos, a cargo del MTC y la Policía Nacional del Perú (PNP).
El decreto supremo está refrendado por el Presidente de la
República, Martín Vizcarra; así como por los ministros del Interior, Carlos
Morán; de Salud, Zulema Tomás, y de Transportes y Comunicaciones, María Jara.
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