El Gobierno promulgó hoy la Ley para
la reinserción económica y financiera de los agricultores que se acogieron al
programa de Rescate Financiero Agropecuario (RFA), que determina la condonación
de deudas menores a 40,500 soles.
La Ley también contempla una reducción de
70% a 30% para quienes tienen obligaciones mayores, desde 40,500 soles (10 UIT)
hasta un millón 417,500 soles (350 UIT).
Señala que las deudas deben estar
registradas en la base de datos de la Corporación Financiera de Desarrollo
(Cofide) y cuyo monto total, sumados capital, intereses, moras y demás gastos
devengados de la deuda, no exceda las 350 UIT.
“Se entiende como deuda, la que se
encuentra reportada al 31 de diciembre de 2016, incluidos capital, intereses,
moras y demás gastos devengados de la deuda”, agrega.
En el caso de las deudas contraídas en
moneda extranjera se aplican los montos equivalentes al tipo de cambio
correspondiente publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
(SBS).
Componentes
El programa tiene cuatro componentes:
- Solicitud de acceso al Programa
- Plan de Reinserción Financiera para los Deudores
- Bono de descuento sobre las obligaciones
- Plan de Reestructuración de Obligaciones
Para acceder al Programa los deudores
presentan la solicitud de acceso al Programa, para su respectiva evaluación y
aprobación.
Una vez aprobada, los deudores deben
cumplir con las condicionalidades definidas en el Plan de Reinserción
Financiera para los Deudores, exclusivamente vinculados con capacitaciones
orientadas al fortalecimiento de las habilidades financieras y productivas de
los beneficiarios.
Esto les permite acceder al bono de
descuento sobre las obligaciones y al Plan de Reestructuración de Obligaciones,
en el caso que sea aplicable.
Bonos de descuento
Aquellos deudores que participan
satisfactoriamente del Plan de Reinserción Financiera para los Deudores acceden
a un bono de descuento de obligaciones, de acuerdo al siguiente criterio:
a. Aquellos
deudores cuyas deudas totales son inferiores a 10 UIT (40,500 soles), acceden a
un bono de descuento hasta por el 100% de la deuda total, incluido capital,
intereses, moras y demás gastos devengados.
b. Aquellos
deudores cuya calificación, según el reporte de deudas de la SBS es normal, acceden
a un bono de descuento correspondiente al 100% de los intereses, moras y demás
gastos devengados.
c. Aquellos
deudores cuya calificación, según el reporte de deudas de la SBS es diferente a
la calificación normal, o que no registren calificación alguna en dicho
reporte, se verán beneficiados por un bono de descuento sobre los intereses,
moras y demás gastos devengados de la deuda, de acuerdo a la siguiente escala:
- Bono de descuento de 70% sobre los
intereses, las moras y demás gastos devengados, para las deudas mayores a 10
UIT (40,500 soles) y menores o iguales a 50 UIT (202,500 soles) o su
equivalente en dólares americanos al tipo de cambio oficial vigente establecido
por la SBS.
- Bono de descuento de 50% sobre los
intereses, las moras y demás gastos devengados, para las deudas mayores a 50
UIT (202,500 soles) y menores o iguales a 100 UIT (405,000 soles) o su
equivalente en dólares americanos al tipo de cambio oficial vigente establecido
por la SBS.
- Bono de descuento de 30% sobre los intereses,
las moras y demás gastos devengados, para las deudas mayores a 100 UIT (405,000
soles) y menores o iguales a 350 UIT (un millón 417,500 soles) o su equivalente
en dólares americanos al tipo de cambio oficial vigente establecido por la SBS.
Plan de reestructuración
Aquellos agricultores que accedan al bono
de descuento sobre las obligaciones podrán acceder al Plan de Reestructuración
de Obligaciones para establecer un cronograma de pagos del saldo de la deuda.
El plazo máximo para la reestructuración
de la deuda es de 60 meses, y la tasa efectiva anual dependerá si fue en soles
o dólares.
Los deudores que opten por el pago al
contado del saldo de la deuda, luego de aplicado el bono de descuento sobre las
obligaciones, tienen acceso a un descuento adicional de 20% sobre el saldo de
la deuda.
La Ley dispone un plazo de acogimiento al
Programa hasta junio de 2018. Aquellos acreedores que a dicha fecha no estén
acogidos al Programa, se mantienen dentro del proceso de cobranza.
El Agrobanco es responsable de la gestión
de los procesos asociados a la solicitud de acceso al Programa, para lo cual se
establece la operatividad necesaria para la evaluación y gestión de este
registro de información.
El Ministerio de Agricultura y Riego
(Minagri) y el Agrobanco son los responsables de la difusión para el acceso al
Programa.
El Agrobanco es el responsable de la
ejecución del Plan de Reinserción Financiera para los Deudores, en coordinación
con el Minagri y Cofide.
Fuente: Andina

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