1. Según el artículo
89 del Reglamento del Congreso, la Subcomisión debe presentar ahora su
informe de calificación ante la presidencia de la Comisión Permanente.
2. La Comisión Permanente
deberá aprobar el plazo en el cual la Subcomisión realizará la investigación.
3. El plazo será prorrogable
por el término que disponga la Comisión Permanente por una sola vez.
4. La denuncia debe ser
notificada a los denunciados, quienes podrán formular sus descargos y presentar
los medios probatorios que consideren necesarios.
5. Durante la investigación,
se delega el caso a un miembro de la Subcomisión.
6. El informe final puede
concluir con la acusación de los investigados o el pase al archivo de la denuncia,
y debe ser remitido a la Comisión Permanente. No es admisible otro tipo de
conclusiones y/o recomendaciones.
7. Recibido el informe, la
Comisión Permanente convoca sesión. Si el informe propone archivamiento se vota
previo debate y el expediente pasa al archivo; si propone acusación, se debate
y vota, pronunciándose por la acusación o no ante el Pleno.
8. Si el informe que propone
acusación es aprobado, el Consejo Directivo del Congreso debe decidir la fecha
y hora del Pleno en el que será visto como tema prioritario.
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