Tanto el precio de la bolsa como el impuesto de S/ 0,10
céntimos por cada una de ellas
La Ley 30884 precisa que esto aplica para
aquellas bolsas cuya finalidad sea cargar o llevar bienes de establecimientos
comerciales o servicios, es decir bienes que puedan ser trasladados.
Es necesario precisar que el consumidor deberá
asumir, además del precio de la bolsa, el impuesto por la misma y el pago por
los bienes adquiridos, indicaron voceros del Ministerio del Ambiente.
Esto significa que en la boleta de pago deberá figurar el
precio de los productos adquiridos y, si el cliente usó dos bolsas, también
figurará el precio de éstas (que es fijado por la tienda) y los 0.10 céntimos
de impuesto por cada una de ellas.
Si la tienda decide cobrar 20 céntimos por cada bolsa, el
cliente pagará por las dos bolsas 0.40 céntimos, y además 10 céntimos de
impuesto por cada una, es decir pagará en total por las dos bolsas 0.60 céntimos.
De acuerdo con la ley, el impuesto por cada bolsa será de
0.10 céntimos este año; de 0.20 céntimos en el 2020; de 0.30 céntimos en el
2021; de 0.40 céntimos en el 2022 y 0.50 céntimos en el 2023 y años
subsiguientes.
LAS EXCEPCIONES
La norma hace algunas excepciones, entre las que se
consideran las bolsas de base polimérica para contener y trasladar alimentos a
granel o alimentos de origen animal, así como aquellas que, por razones de
asepsia o inocuidad, son utilizadas para contener alimentos o insumos húmedos
elaborados o preelaborados.
También están exceptuados los sorbetes de base polimérica
(pajitas, pitillos, popotes o cañitas) que sean utilizados por necesidad médica
en establecimientos que brindan servicios médicos, los que sean necesarios para
personas con discapacidad y adultos mayores, y los sorbetes de base polimérica
que forman parte de un producto como una unidad de venta y pueden reciclarse
con el envase comercializado.
El propósito de la norma es desincentivar, mediante este
impuesto, el uso de estos plásticos como una forma de contribuir al cuidado del
medio ambiente.
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