Ministerio de Vivienda aprobó el reglamento de la Ley que
crea el Bono de Arrendamiento para Viviendas
(Andina) Gran interés despierta la creación del Bono de Arrendamiento
para Vivienda, que beneficia a personas de 18 a 40 años de edad, quienes podrán
acceder a un subsidio de 500 soles para cubrir parte del pago del alquiler y
ahorrar para la futura compra de la casa propia.
El Gobierno emitió hoy el reglamento del
Bono de Arrendamiento para Vivienda y se estima que para setiembre próximo se
entregarían los primeros bonos a quienes cumplan los requisitos requeridos que
detallamos a continuación.
- Los grupos beneficiarios deben estar conformados como
mínimo por dos personas, pudiendo ser padres e hijos, hermanos, esposos,
convivientes sin impedimento matrimonial o amigos.
- Tener entre 18 y 40 años de edad, además, de ser personas
de escasos recursos económicos.
- Los beneficiarios deben tener como ingreso mensual máximo
hasta 3,538 soles.
- No ser propietarios ni copropietarios de vivienda, terreno
o aires independizados para vivienda.
- No encontrarse postulando a otros programas de apoyo
habitacional y no haber sido beneficiarios de algunos de estos en cualquiera de
sus modalidades.
- El inmueble a alquilar deberá contar como mínimo, con
instalaciones de servicios básicos de agua, desagüe y electricidad, con un
ambiente multiuso, una zona para dormitorio y un baño con puerta, con
lavatorio, ducha e inodoro; así como, con la conformidad de obra y declaratoria
de edificación.
CARACTERÍSTICAS DEL BENEFICIO
A continuación las características del beneficio de esta
iniciativa del Gobierno.
- El Bono de Arrendamiento para Vivienda consiste en una
ayuda económica del Gobierno, cuyo monto no excederá de 500 soles.
- El monto máximo del alquiler de las
viviendas será de 1,560 soles, con el objetivo de que el Estado financie una
parte de la renta (500 soles).
- El Bono de Arrendamiento para Vivienda se entregará
mensualmente durante un tiempo máximo de cinco años.
- Dicho bono se otorga sin cargo de restitución por parte de
los beneficiarios y constituye un incentivo de ahorro para promover el acceso a
la vivienda y a la mejora de las condiciones de habitabilidad.
- El monto total de dicho bono se distribuye de la siguiente
manera: el 70% se destina para cubrir el pago del arriendo de la vivienda, y el
30% restante forma parte del ahorro orientado al pago de la cuota inicial o
parte de esta para la adquisición de una vivienda.
- El desembolso del ahorro se realiza al culminar el plazo
máximo del otorgamiento del Bono de Arrendamiento para Vivienda, es decir, a
los cinco años contados desde la fecha de su otorgamiento.
- El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
realiza el desembolso a través del Fondo Mivivienda, según corresponda,
directamente a favor del promotor, o el desarrollador inmobiliario, o el
propietario de la vivienda.
- El beneficiario del bono tiene un plazo máximo de un año
para solicitar el desembolso del ahorro destinado al pago, contado a partir del
vencimiento del plazo máximo de cinco años, caso contrario, pierde el derecho
de dicho desembolso.
¿CUÁNDO SE PIERDE EL BONO?
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento señala
que las siguientes causales generarán la pérdida del Bono de Arrendamiento para
Vivienda:
- Incumplimiento del pago del arrendamiento que le
corresponde al beneficiario del Bono de Arrendamiento para Vivienda.
- Subarrendar la vivienda de arrendamiento.
- Encontrarse hasta dentro del cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad respecto al arrendador del inmueble.
- Incumplimiento de los requisitos establecidos en el
reglamento.
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