Según la consulta en registros públicos, la ambulancia de
placa BER-370 le pertenece a Orlando Pánfilo Velarde Huarcaya quien al parecer
sería hermano de la doctora Olinda Velarde Huarcaya, ex gerente de la Red
Asistencial de Essalud Ica, como también consta en el formato de declaración
jurada de interés que presenta la gerente Velarde Huarcaya.
Orlando Velarde no solo sería el propietario de la
ambulancia sino también el conductor de dicha unidad móvil que trasladaba a los
pacientes en la misma ciudad de Palpa o realiza el traslado de los asegurados a
los hospitales de Essalud de la ciudad de Ica transgrediendo la ley que prohíbe
que los familiares de los funcionarios públicos liciten y contraten con el
estado.
Cabe indicar que el Congreso de la República dispuso en el
2014 que las prohibiciones para contratar personal en el sector público en
casos de parentesco familiar se extiendan a la suscripción de contratos de
locación de servicios, consultoría y otros de naturaleza similar.
La citada disposición, está contemplada en la Ley 30294, que
modifica el artículo uno de la Ley 26771, que establece la prohibición de
ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector
público, en casos de parentesco, según la norma publicada en el Diario Oficial
El Peruano.
En el mencionado artículo se señala que los funcionarios del
sector público y de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de
nombramiento y contratación de personal, o tengan injerencia directa o
indirecta en el proceso de selección, se encuentran prohibidos de nombrar,
contratar o inducir a otro a hacerlo en su entidad respecto a sus parientes”.




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