EXFISCAL DE LA NACIÓN GLADYS ECHAÍZ: “RESPONSABILIDAD DE LA JNJ DEBE SER INDIVIDUAL”


* Congresista dice que será el Pleno quien decida que miembro de esa institución tiene más responsabilidad que otro.

* ¿El informe de la Comisión de Justicia determino que los miembros de la JNJ incurrieron en falta grave al interpretar que Inés Tello podía permanecer en esa entidad, a pesar de tener más de 75 años?

Así es, hemos determinado porque la norma es clara y no sé cómo puede haberse generado una interpretación por un órgano que no es competente para tal fin, como es el caso de SERVIR.

¿Por qué la Constitución taxativamente señala que, para ser miembro de la JNJ, se requiere ser mayor de 45 años y menor de 75?

La Constitución dice que, para ser miembro de la JNJ, se debe de tener más de 45 años y menos de 75 años. La constitución no dice para postular a ser miembro, dice para ser miembro de la J J, aspira a serlo y, cuando se le nombra, recién tiene la condición de miembro.

¿Todos los miembros de la JNJ incurrieron en falta grave?

En la votación pasada se hizo una votación genérica, porque la presidenta de la Comisión (Janet Rivas) no acepto individualizar la investigación.

En términos generales se ha establecido responsabilidad, pero ya en el pleno veremos porque vamos a insistir en el voto individual-quienes son más responsables que otros.

¿Usted consideraría un error destituir a todos en paquete?

Considero que debe evaluarse las posibilidades de manera individual a efectos de no incurrir en ningún error.

Yo siempre he dicho que hay que establecer la responsabilidad de manera proporcional.

Lo que queda claro es que la principal responsable, en este caso que le menciones, es Inés Tello

Indudablemente, porque ella se ha beneficiado con esta interpretación.

También el documento considera falta grave ese pronunciamiento colegiado para que el Congreso no inhabilite a Zoraida Avalos, siendo la JNJ la encargada de nombrar, ratificar o destituir a jueces y fiscales.

Siendo la encargada de investigar los comportamientos, siendo la llamada a ser fiscalizadora de la conducta de los magistrados y siendo la que selecciona y ratifica a jueces y fiscales, debería mantenerse bien al margen de cualquier situación que involucre a los mismos por un tema de esta naturaleza.

Además, los principios de no interferencia, que rigen para los jueces y fiscales, se extienden a la JNJ.

De las cinco imputaciones, ¿Cuáles fueron consideradas como causas graves?

Solo tres, la edad de Inés Tello, la no presentación de los informes anuales y el comunicado (a favor de Avalos).

El informe anterior solo recomendaba que se exhorte a la JNJ para que no se pronuncie sobre investigaciones de otros poderes del estado

Eso era contradictorio. Si está diciendo que no encuentra causa grave, ¿para que los exhorta?


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