PRESIDENTA EJECUTIVA DESIGNA A NUEVO GERENTE DEL HOSPITAL NACIONAL ALMANZOR AGUINAGA ASENJO

Ex decano del Colegio Médico, Ronald Jimy Agüero Acuña asume funciones


* Con resolución de Presidencia Ejecutiva N°620-PE-ESSALUD-2024, el medico Ronald Jimy Agüero Acuña, fue designado en el cargo de dirección de Gerente del Hospital Nacional Almanzor Aguinaga Asenjo.

La doctora María Elena Aguilar del Águila, presidenta ejecutiva de EsSalud través de la resolución de la presidencia ejecutiva del Seguro Social de Salud N°620-PE-ESSALUD-2024 de fecha 28 de junio último encargo a Ronal Jimy Agüero Acuña las funciones inherentes al cargo de dirección de Gerente del Hospital Nacional Almanzor Aguinaga Asenjo de la Red Prestacional Lambayeque.

Agüero Acuña además de ser médico en dicho nosocomio fue hasta el año pasado Decano del Consejo Regional VIII Chiclayo.

Asimismo, se desempeña como médico asistente del Servicio de Cirugía Abdominal del hospital Almanzor Aguinaga Asenjo, fue jefe del departamento de Cirugía del hospital Luis Heysen Inchaustegui, director del hospital II EsSalud Jaén y cirujano general del hospital Agustín Arbulu Neyra de Ferreñafe.

De acuerdo con la referida resolución de la presidencia ejecutiva de EsSalud, el recientemente nombrado funcionario deberá presentar ante el área de Recursos humanos de la Red Prestacional correspondiente su Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas dentro de los quince días útiles siguientes a la fecha de inicio de su labor, a que se contrae el artículo 1 de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27482. Directiva N°04-2008-CG/FIS y demás normas reglamentarias. Asimismo, deberá presentar igual Declaración al término de la encargatura, en el plazo antes mencionado.

También el mencionado funcionario deberá presentar su Declaración Jurada de Intereses a través del sistema de declaraciones juradas para la gestión de conflictos de intereses de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo señalado con el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N°31227 y su reglamento.

Finalmente, el referido funcionario deberá presentar, al momento de notificada la presente resolución, su declaración jurada sobre prohibiciones e incompatibilidades de conformidad a lo señalado en la Ley N°31564 (Ley de prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida de personal del servicio público) y su reglamento ante la Oficina de Recursos Humanos de su Red Prestacional como requisito indispensable para el desempeño de sus funciones.



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