- El INEI advirtió que los turistas podrán trasladarse con normalidad por el territorio nacional por lo que a las empresas y vehículos de servicios turísticos se les dará las facilidades que garanticen su adecuado funcionamiento.
(Gestión) Los turistas podrán trasladarse con normalidad por el
territorio nacional el 22 de octubre el día del Censo, por lo que a las
empresas y vehículos de servicios turísticos se les dará las facilidades que
garanticen su adecuado funcionamiento, de acuerdo al Instituto Nacional de
Estadística e Informática (INEI).
Los aeropuertos y terminales terrestres, ferroviarios o
marítimos funcionarán con normalidad, únicamente se recomienda a los viajeros
empadronarse en la Oficina Censal Distrital o en la garita, terminal terrestre
o aeropuerto al que arriben.
Las personas que viajen el Día del Censo dentro del
territorio nacional podrán empadronarse previamente en la Oficina Censal
Distrital correspondiente a su localidad de domicilio o alojamiento. De no
hacerlo, advirtió el INEI tendrán las facilidades para empadronarse en el
primer aeropuerto, terminal terrestre o garita al que lleguen durante el
horario de empadronamiento del día del Censo.
Una vez empadronadas, recibirán una “Constancia de Persona
Empadronada”, que le servirá para trasladarse a su vivienda, alojamiento o a su
lugar de embarque, según sea el caso.
En cambio, los turistas provenientes del exterior que hayan
llegado al país luego de las 00:00 horas del día del Censo no serán
empadronados y recibirán una “Constancia de Libre Tránsito”, que les permitirá
trasladarse a su vivienda o alojamiento, en vehículos autorizados para
circular.
¿Qué pasará con las
empresas de servicios turísticos?
Las agencias de viajes y turismo, establecimientos de
hospedaje, restaurantes, guías oficiales de turismo y otros prestadores de
servicios turísticos podrán operar el 22 de octubre durante el horario de
empadronamiento.
Para ello, la Oficina Departamental de los Censos
correspondiente a la ubicación de la empresa le extenderá una autorización,
siempre que la empresa solicitante se encuentre incluida en el Directorio
Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados y/o en la base de
datos de prestadores de servicios turísticos a nivel nacional, cuya información
será brindada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).
Los datos de las Oficinas Departamentales de los Censos
pueden ser consultados en el enlace antes señalado. Solo en el caso de Lima, la
solicitud se presentará ante la Oficina del INEI ubicada en el Jr. José María
Plaza N° 178, Jesús María.
Las unidades de transporte que trasladen a viajeros,
turistas y/o trabajadores del sector, y figuren en las bases de datos del
Mincetur, circularán con normalidad el domingo, luego de realizar el trámite
antes señalado ante la Oficina Censal Distrital correspondiente a la ubicación
de la empresa.
Asimismo, los museos, monumentos, áreas naturales protegidas
y sus zonas de amortiguamiento atenderán durante sus horarios habituales.
Los trabajadores del sector turismo que laboren el 22 de
octubre, entre las 8 a.m. y las 5 p.m. tendrán empadronamiento especial.

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