A través de un
pronunciamiento leído por su presidente, Ernesto Blume,
señalan que la Convención Americana de Derechos Humanos, suscrito por el Estado
peruano, establece que las decisiones de la Corte IDH son
de obligatorio cumplimiento.
Recordó que el Estado
peruano firmó y ratificó en forma libre, en 1977 y 1978, respectivamente, la
Convención Americana de Derechos Humanos y aceptó en enero de 1981 la
competencia de este organismo.
“Con fecha 9 de febrero de
2018, la Corte
IDH decidió ordenar al Estado el archivo de un
procedimiento de acusación constitucional seguido
contra cuatro magistrados del TC del
Perú. Invocamos
muy respetuosamente a las autoridades respectivas a cumplir esta decisión”,
indican.
Este pronunciamiento,
señaló, tiene el voto mayoritario de los magistrados del TC, con excepción de
Carlos Ramos Nuñez, quien se encuentra de vacaciones.
La Junta de Portavoces del
Congreso acordó ayer pedir a la Corte IDH una aclaración de su
fallo dentro de los 90 días establecidos, al considerar que el requerimiento de
archivar el procedimiento de acusación constitucional resulta inaplicable.
El procedimiento de
acusación constitucional contra cuatro magistrados del TC recomienda la
destitución de uno de los magistrados del TC y la suspensión de otros tres por
haber corregido un pronunciamiento de este organismo referido al caso El
Frontón.

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