FUNDACIÓN ÉTICA PERIODÍSTICA


(Expreso) En ATV Noticias, “Edición Central” el jueves 26 de abril, la conductora Milagros Leiva se salió de los cauces éticos y de las normas vigentes en cuanto legislación televisiva respecta, al entrevistar insanamente y con malicia a la actriz, Daniella Pflucker, quien no pudo contener el llanto durante la extensa conversación -sin cortes comerciales- rechazando las acusaciones contra su señora madre y su persona.

Por lo que debemos señalar:

1.- El Código de Ética de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión, es clarísimo en su Art. 1ro., donde se señala “Los servicios de radiodifusión sonora y por televisión deben contribuir a proteger y respetar los derechos fundamentales de las personas,…que reconoce la Constitución Política del Perú y los principios establecidos en la Ley de Radio y Televisión”.
2.- Al amparo del Art. 3 del citado código se prevé que La prestación de los servicios de radiodifusión se rige por los siguientes principios:”, inc. a) La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad; e) La libertad de información veraz e imparcial; y j) El respeto al honor, la buena reputación y la intimidad personal y familiar.
3.- El Pacto de Autorregulación de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión del cual es signatario ATV contempla que es “…tarea de la Autorregulación el mantener vigentes y actuales los valores, principios fundamentales y reglas de la actividad, que, para los propósitos de este documento se limitan a aquellos que rigen la relación entre los asociados:”, inc. b. Respeto a la Dignidad de la Persona Humana.
4.-  Es un requisito imperativo el respeto por la persona humana, su intimidad y sus derechosse respetará la intimidad de las personas. No se presentará la figura humana, en especial la de la mujer y el menor, en situaciones indecorosas, deshonestas o agraviantes. No se utilizará representaciones o palabras que ridiculicen, denigren o que de alguna manera ofendan a la dignidad humana.


Los periodistas y los medios de comunicación social tienen que imponerse espontánea y conscientemente, reglas de conducta profesional que regulen el trabajo y sirvan para su auto-disciplina, sobre la base de lo más perfecto que puede tener el hombre: la moral. Y ello porque es imposible negar que se suele transgredir esta norma en perjuicio de las personas y de la sociedad, destinataria directa del servicio de la prensa.
El periodista está obligado a respetar el derecho de toda persona a su intimidad. La vida es inviolable, hay que ofrecer sin escándalo ni sensacionalismo la información necesaria sobre hechos trágicos, desagradables o que puedan lastimar las normales sentimientos humanos, ser muy cauto con la información relacionada con violaciones y hechos negativos en los que estén involucrados, como víctimas o actores la mujer, los niños y adolescentes.
Es inmoral propender a una mayor difusión y a elevar el “rating” explotando la privacidad y cualquier otro acto que ofenda la dignidad de la persona humana, así como el prestigio de la profesión de periodista y del medio de comunicación social.
La noticia es un bien público más que un factor de orden económico. Ha de valer por su contenido y por su forma de expresión. No tiene equivalencia de tipo comercial.

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