Por
lo que debemos señalar:
1.-
El Código de Ética de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión, es clarísimo
en su Art. 1ro., donde se señala “Los servicios de radiodifusión sonora y por televisión deben
contribuir a proteger y respetar los derechos fundamentales de las personas,…que reconoce la Constitución Política del Perú y los
principios establecidos en la Ley de Radio y Televisión”.
2.- Al amparo del Art. 3 del citado código se prevé que “La prestación de los
servicios de radiodifusión se rige por los siguientes principios:”, inc. a) La defensa
de la persona humana y el respeto a su dignidad; e) La libertad de
información veraz e imparcial; y j) El respeto al
honor,
la buena reputación y la intimidad personal y familiar.
3.- El Pacto de
Autorregulación de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión del cual es signatario
ATV contempla que es “…tarea de la
Autorregulación el mantener vigentes y actuales los valores, principios
fundamentales y reglas de la actividad, que, para los propósitos de este
documento se limitan a aquellos que rigen la relación entre los asociados:”,
inc. b. Respeto
a la Dignidad de la Persona Humana.
4.- Es
un requisito imperativo el respeto por la persona humana, su
intimidad y sus derechos, se respetará
la intimidad de las personas. No se presentará la figura humana, en
especial la de la mujer y el menor, en situaciones indecorosas, deshonestas o
agraviantes. No se utilizará representaciones o palabras que
ridiculicen, denigren o que de alguna manera ofendan a la
dignidad humana.
Los periodistas y los
medios de comunicación social tienen que imponerse espontánea y
conscientemente, reglas de conducta profesional que regulen el trabajo y sirvan
para su auto-disciplina, sobre la base de lo más perfecto que puede tener el
hombre: la moral. Y ello porque es imposible negar que se suele transgredir
esta norma en perjuicio de las personas y de la sociedad, destinataria directa
del servicio de la prensa.
El periodista está
obligado a respetar el derecho de toda persona a su intimidad. La vida es
inviolable, hay que ofrecer sin escándalo ni sensacionalismo la información
necesaria sobre hechos trágicos, desagradables o que puedan lastimar las
normales sentimientos humanos, ser muy cauto con la información relacionada con
violaciones y hechos negativos en los que estén involucrados, como víctimas o
actores la mujer, los niños y adolescentes.
Es inmoral propender
a una mayor difusión y a elevar el “rating” explotando la privacidad y
cualquier otro acto que ofenda la dignidad de la persona humana, así como el
prestigio de la profesión de periodista y del medio de comunicación social.
La noticia es un bien
público más que un factor de orden económico. Ha de valer por su contenido y
por su forma de expresión. No tiene equivalencia de tipo comercial.


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