Se puede
ingresar a cines con alimentos y bebidas Comprados afuera
La Corte de Lima
declaró infundada la demanda de amparo que presentó Cineplanet contra las
resoluciones que había emitido el Indecopi en febrero de este año.
(LaMula) El Poder Judicial declaró
infundada el recurso de amparo que interpuso la cadena Cineplanet en
contra del fallo
del Indecopi que permite al público ingresar a las salas de cine con alimentos
adquiridos fuera de ellas.
El presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios
(Aspec), Crisólogo Cáceres, dijo al respecto que con este
fallo judicial se ha restituido un derecho que había sido arrebatado a los
consumidores hace varios años por las cadenas de cines.
El representante gremial recordó que los procesos se realizaron en
principio ante el Indecopi, pero luego Cineplanet llevó
el caso al Poder Judicial, con el objetivo de revertir la medida, la Corte de
Lima finalmente desestimó su pretensión.
En febrero de este año, la Sala Especializada en
Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi (SPC)
sancionó, en última instancia administrativa, a las cadenas Cineplex S.A.
(Cineplanet) y Cinemark del Perú S.R.L. por no permitir el ingreso a sus salas
de cines con alimentos y bebidas que se compraron fuera del establecimiento
comercial.
Según los artículos 49°.1 y 50°
del Código de Protección y Defensa del Consumidor, esta restricción constituye
una cláusula abusiva de ineficacia absoluta que limita los derechos de los
consumidores.
Por ello, mediante las
resoluciones 0219-2018/SPC-INDECOPI y 0243-2018/SPC-INDECOPI, del 2 y 7 de
febrero de 2018, respectivamente, la Sala estableció que, si bien dicha
prohibición no estaba contenida en un contrato escrito, sí constituía una
condición o cláusula contractual verbal aplicada a la relación de consumo entre
las partes, conforme a lo establecido en el artículo 45 del Código.
Por ello, se sancionó a ambas
cadenas de multicines con una amonestación y se les ordenó como medida
correctiva a favor de los consumidores, que se abstengan de aplicar, en contra
de sus clientes, cláusulas limitativas como esta.

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