- CONSORCIO GANADOR ESTÁ INTEGRADO POR EMPRESA CUESTIONADA:
Comité no evaluó de
manera correcta oferta presentada para la construcción del canal El Padre en
Mochumí.
(Expresion) Luego de una serie de postergaciones que devienen desde noviembre del año pasado, la Gerencia Regional de Agricultura de Lambayeque logró, el 13 de mayo, adjudicar la buena pro para la ejecución de la obra “Mejoramiento del Canal de Riego El Padre del distrito de Mochumí”, recayendo la misma en el Consorcio Padre Fema, integrado por Corporación NEBUSI SAC, Vacons Ingenieros SRL y la cuestionada empresa de origen piurano Servicios Generales Viviana SRL. El postor resultó ganador ofertando un precio de cuatro millones 932 mil soles.
Se tuvo acceso a la oferta presentada por dicho
consorcio, la cual fue sometida a una
evaluación rigurosa realizada por nuestro equipo consultor en temas de
contrataciones del Estado, evidenciándose ciertas irregularidades en la
documentación que fue presentada para acreditar el equipamiento estratégico a
ser utilizado en la ejecución de la obra, la experiencia requerida para el
residente, así como las contrataciones que fueron incluidas en su oferta para
demostrar experiencia en obras iguales y/o similares, las mismas que no se
condicen con lo establecido en las bases integradas del procedimiento
convocado.
MAQUINARIA AJENA
Así se tiene que el Consorcio El Padre Fema presentó para
acreditar el equipamiento estratégico compromisos de venta y facturación que
sustenta la propiedad de ciertas maquinarias, donde claramente se muestra que
las mismas no cumplen con los aspectos técnicos requeridos para cada una de
ellas, especialmente en lo que concierne a su potencia, en cuanto estas superan
significativamente lo considerado en el expediente técnico, a pesar que las
bases del proceso no consideraban la opción de presentar maquinaria con mayor
potencia, incumpliendo de esta manera lo establecido en el expediente técnico
del proyecto.
Asimismo, la integrante del consorcio Servicios Generales
Viviana EIRL pretendió acreditar la propiedad de una excavadora hidráulica de
orugas mediante la Factura Electrónica N° 0091, cuando dicho comprobante de
pago consigna como adquiriente a la entidad financiera Scotianbank Perú SAA,
incongruencia que no fue advertida al momento de la evaluación realizada por el
Comité de Selección, lo que hubiera permitido la no admisión de la oferta
presentada por el adjudicatario.
EXPERIENCIA MENOR
En esa misma línea evaluativa, se evidencia una
irregularidad trascendente que debería determinar la revocatoria de la buena
pro otorgada al Consorcio El Padre Fema, en tanto a folios 11 de su oferta
presentó la Carta Compromiso del Personal Clave suscrita por el ingeniero
Víctor Guillermo Muro Rosado, quien se compromete a realizar las labores de
Residente Obra, para lo cual, y a fin de acreditar los cuatro años requeridos
como experiencia mínima, refiere en el Ítem 1 de la misma haber laborado como
tal en la obra “Creación de la bocatoma y mejoramiento del canal de riego
Paraje Carhuamarán – San Antonio de Leguía, distrito de Leonor Ordoñez – Jauja
– Junín”, a cargo del Consorcio Huancani.
Muro Rosado consideró como fecha de inicio de sus labores el
16 de febrero del 2018, culminando supuestamente las mismas el 21 de diciembre
12 del 2018; es decir, por un período acumulado de 309 días, el cual
aparentemente se corrobora con el Certificado de Trabajo emitido por el
consorcio ejecutor obrante a folios 081 de la oferta del adjudicatario, donde
se consigna el mismo período indicado en la Carta de Compromiso.
En este extremo, de acuerdo al análisis realizado sobre la
acreditación de la mencionada experiencia, se evidencia mediante el contrato
suscrito con la Municipalidad Distrital de Leonor Ordoñez para la ejecución de
la obra mencionada, que este fue firmado recién el 8 de marzo del 2018; es
decir, 22 días después de la fecha consignada como inicio de las labores del
profesional, condición que siendo desde ya inconsistente e inexacta, genera una
contradicción implícita que invalida la experiencia acreditada y, por ende, su
experiencia no alcanza los cuatro años requeridos. En consecuencia, por
contener información falsa y/o inexacta la oferta debió ser descalificada.
MONTO DE CONTRATACIÓN
Respecto a la acreditación de la experiencia en obras
iguales y/o similares al objeto de la convocatoria, tipificadas textualmente en
las bases del procedimiento, estas deberían alcanzar como mínimo un total
equivalente a cuatro millones 947 mil 81 soles, todo ello producto de las
contrataciones que debieron presentar los consorciados como tales, lo que no
fue cumplido a cabalidad, ya que la empresa Vacons Ingenieros SRL integrante
del consorcio, aportó una experiencia en consorcio que supera los 600 mil soles
por la ejecución de una obra cuyo objeto no está considerado en las bases
integradas como igual y/o similar.
Por otro lado, se tiene que la empresa Servicios Generales
Viviana EIRL, integrante del Consorcio El Padre Fema, fue beneficiada en Piura
con contratos por más de 96 millones de soles, todo ello para la descolmatación
de canales y ríos y otras obras de la reconstrucción, manteniendo una serie de
cuestionamientos respecto a la deficiente labor realizada.


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