Sobre el referéndum, calculó que sería entre noviembre y
diciembre y las elecciones se programarían para el segundo domingo de abril,
tras un planteamiento de la flexibilización de los plazos electorales que
deberá decidir el Parlamento.
En declaraciones al programa Panorama, descartó que el
anuncio del jefe del Estado, Martín Vizcarra Cornejo, de adelantar
los sufragios generales del 2021 haya sido desconocido por los
miembros del Gabinete Ministerial.
“Es práctica que todos los miércoles desde las 7.00 horas nos
reunimos y obviamente este tema, tan crucial para el país, no podía caer en una
debilidad de no regularizar una formalidad legal que es pasar por el Consejo de
Ministros”.
Zeballos precisó que el primer día hábil tras estos feriados,
-el miércoles 31- se presentará la iniciativa de reforma constitucional al
Poder Legislativo.
“Ya lo tenemos listo. La intención era presentarlo cuanto
antes, pero es feriado”, afirmó el funcionario, tras explicar que por el
ambiente que se vivía en el Congreso, tras el mensaje a la Nación del
presidente Vizcarra, no se dejó hoy mismo.
En esas circunstancias, recordó, había gritos, adjetivos,
tonos altisonantes, “en ese momento estaba bien crispado el ambiente. Si bien
el Presidente se sentó, su personal de apoyo cogió los documentos”.
Sobre la inquietud si se cumplirán los plazos para realizar
las elecciones, detalló la propuesta se ingresará al Congreso y expresó espera
que entre agosto y setiembre se pueda aprobar.
“Tienen que ir acuñada de la expresión con referéndum, que
significa que el Parlamento la aprueba con una mayoría absoluta de votos para
que sea sometida a la consulta”.
La norma establece que entre la convocatoria y el referéndum
tienen que mediar 60 días, recordó. “Entonces, la consulta se podría programar
entre la última semana de noviembre o la primera semana de diciembre”.
“Un segundo punto es que en la fórmula legal que se va a
alcanzar estamos considerando que las elecciones generales se deben programar
el segundo domingo de abril del 2020”.
La norma actual para la convocatoria previa a las elecciones
establece 270 días, sin embargo, las disposiciones anteriores establecían 120 o
150 días, por lo que esto “no es nada novedoso. Aquí, ajustando los plazos
podemos estar hablando de 120 días”.
“En la fórmula legal que estamos proponiendo consideramos que
se flexibilice el cronograma electoral para ajustar a la propuesta que estamos
alcanzado”.
Zeballos recordó también que existe una ley que propone que
el último año, antes de los sufragios generales, no se puede cambiar la
normativa electoral. “Es otra consideración que para este caso concreto se
suspende”.
“Una circunstancia excepcional como la que estamos viviendo
requiere de una u otra manera flexibilizar los procedimientos. No pasemos por
alto que esto no es un hecho nuevo, guardando las circunstancias históricas de
cada momento, ya se pasó por algo parecido en el 2000”, refirió.

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