DISPONEN QUE PLAZO PARA EFECTUAR REFORMAS ELECTORALES SEA DE SEIS MESES


El Congreso de la República oficializó hoy la normativa que dispone que el plazo para efectuar las reformas electorales sea de seis meses.

Mediante dispositivo legal, publicado en el Boletín de Normas Legales del diario El Peruano, se incorporó la tercera disposición transitoria de la ley 26859 de la Ley Orgánica de Elecciones, para la implementación de dicha medida.

La presente norma establece que para el período referido a las elecciones 2021-2026 no será de aplicación lo contenido en el segundo y tercer párrafo del artículo 4 de la ley de elecciones.

En ese sentido, las normas con rango de ley y normas reglamentarias, relacionadas con procesos electorales o de consulta popular, aprobadas por el Congreso complementario 2020-2021, serán de aplicación al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. 

El plazo para aprobar dichas reformas será de seis (6) meses a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente norma en El Peruano.

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