POR BUENA PRO A EMPRESA VENEZOLANA: FISCALÍA INVESTIGA A GOBERNADOR POR COLUSIÓN


Por: Lester Solís Yturregui.

#INVESTIGACIÓN

El Ministerio Público dispuso iniciar investigación preliminar por el plazo de 240 días contra Jorge Luis Pérez Flores en su condición de gobernador y contra seis personas más, por el caso de la ahora anulada millonaria buena pro para ejecutar la obra del hospital de Ferreñafe, cuyo consorcio ganador lo integraba una empresa venezolana.

#ELFULMINANTE

Así reza la Disposición Fiscal Uno del 8 de noviembre de 2024, emitida por el Primer Despacho de la Fiscalía Especializada en

Delitos de Corrupción de funcionarios, siendo el fiscal a cargo, Julio Taboada Ramon, documento en el que se lee que la investigación se da “en merito a una nota periodística de la plataforma digital de noticias EL FULMINANTE”.

La disposición ordena iniciar investigación preliminar contra Jorge Luis Pérez Flores, como presunto autor del delito contra la administración pública en la figura de omisión de actos funcionales.

#MÁSINVESTIGADOS

También investigaran a: Segundo Francisco Morey Mirano, Carlos Escalante Gómez, Sergio Rodil Tineo Huancas, Edwin Alfredo Boy Moran y Aldo Sopla Maslucan como presuntos autores del delito contra la administración pública en la figura de colusión simple.

#DILIGENCIAS

Además, se dispones recibir la testimonial de Virnel Bonifacio Serna Guerrero (gerente regional de infraestructura) para que explique los motivos por los cuales realizo la propuesta de los profesionales para que integren el comité de selección.

#CONSORCIADO

También investigaran al extraneus, José Humberto Castillo Ruiz, en su condición de representante del Consorcio “Señor Cautivo” (ganador de la buena pro”), como presuntos cómplices del delito contra la administración pública en la figura de colusión simple.

DATOS

* La Colusión agravada es un delito contra la administración pública que se produce cuando se defrauda patrimonialmente al Estado. Ya sea por la pérdida de bienes, el desembolso de dinero o la firma indebida de contratos. Se trata de un delito de resultado lesivo, es decir, que se cumple con una lesión efectiva al patrimonio del estado.

* La Colusión agravada se diferencia de una Colusión simple en que en la primera se ha ejecutado la defraudación, mientras que en la segunda no es necesario que se haya hecho.

* Colusión simple: se comprueba que hay un acuerdo para defraudar al Estado en los contratos públicos, sin necesidad de que se haya ejecutado lo acordado.




Compartir:

Publicar un comentario

 
Designed by OddThemes & Best Wordpress Themes 2018
Copyright © Semanario Clarin Chiclayo | Contacto | Acerca De