El ministro de Justicia, Enrique Mendoza, se mostró a favor
de un proyecto de esta naturaleza en una reciente entrevista televisiva.
Por su parte, la congresista fujimorista, Carla Schaefer,
indicó que presentará una iniciativa en ese sentido, previa aprobación de su
bancada.
Sin embargo, ¿qué dice la Constitución Política?
El artículo 140° de la Carta Magna que rige en el Perú desde
1993 es claro y preciso: la pena de muerte solo puede aplicarse por el delito
de traición a la Patria en caso de guerra, y el de terrorismo conforme a las
leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada.
Opiniones
"Entiendo perfectamente la emoción que mucha gente
siente contra crímenes terribles como la violación de niños, entiendo que eso
es absolutamente inaceptable. Nosotros, en nuestra Constitución, no aceptamos
la pena de muerte” - Pedro Pablo Kuczynski, presidente de la República.
“Restituir la pena de muerte para los delitos de violación a
menores obligaría al Perú a renunciar a la Convención Americana de Derechos
Humanos” - Walter Gutiérrez, defensor del Pueblo.
“No está demostrado que la aplicación de la pena de muerte
disminuya los índices de criminalidad en los países donde está vigente” -
Duberlí Rodríguez, presidente del Poder Judicial.
“Lo más justo para los violadores de menores es que cumplan
una condena de por vida por el delito que cometieron” - ministro del Interior,
Carlos Basombrío.
“No hay argumentos jurídicos ni fácticos para aplicar la
pena de muerte en el Perú” - Alberto de Belaunde, titular de la Comisión de
Justicia del Congreso.
“Es necesario abrir el debate público sobre la conveniencia
de aplicar la pena de muerte” - Úrsula Letona, presidenta de la Comisión de
Constitución.

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