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| Foto: Andina |
Sin dejar de considerar el sentimiento ciudadano frente a
los numerosos casos de violación y la necesidad de que las autoridades tomen
medidas para enfrentar estos hechos, Gutiérrez recordó que en el caso peruano,
la Constitución Política de 1979 restringió la pena de muerte al delito de
traición a la patria.
En consecuencia, el Estado peruano se encuentra impedido de
ampliar la pena de muerte a otros supuestos.
Su titular precisó que el retiro del Perú de la Convención
en ningún caso se daría de manera inmediata, y que su implementación tomaría
cuando menos un año.
Asimismo, recordó que en 1994 la Corte Interamericana de
Derechos Humanos emitió la Opinión Consultiva OC-14/94, en la cual señaló que
el Perú no podía ampliar los supuestos de pena de muerte.
Remarcó que un retiro de la Convención nos dejaría fuera del
Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos, debido a que no es
posible denunciar solo un artículo de la misma.
Con ello, se dejaría en una posición de grave vulnerabilidad
otros derechos como la integridad, la libertad de expresión, la propiedad,
entre otros.
Finalmente, precisó que de acuerdo a la experiencia
internacional, este tipo de iniciativas no contribuyen a la reducción de estos
delitos, y que, por el contrario, su verdadero combate pasa por la no impunidad
y la efectiva imposición de severas sanciones penales.

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