* Proceso que alcanza los 94 millones de soles fue sujeto de una primera nulidad en el año 2023 por deficiencias en el expediente técnico.
Por: Jorge Alejandro Chávez Pita - Consultor en
contrataciones del Estado.
La ineficiencia en su máxima expresión. Mediante el
Informe IVN N°117-2024/DGR de fecha 09 de octubre del presente año, el
Organismo Supervisor de las contrataciones del Estado (OSCE), ha decidido que
el gobernador Jorge Pérez, declare la nulidad del procedimiento de selección
convocado por el Gobierno Regional de Lambayeque para la ejecución de la obra:
“Mejoramiento del Servicio educativo en el Instituto Superior Tecnológico
Publico Enrique López Albújar. Distrito de Pueblo Nuevo en Ferreñafe”, de
modo que el mismo sea retrotraído hasta la etapa de su convocatoria.
MOTIVOS DE LA NULIDAD
En el marco de la supervisión efectuada al procedimiento
de selección, convocado con fecha 19 de julio 2024, el ente supervisor ha
advertido que, de la revisión integral del expediente técnico de la obra, no se
ha encontrado los documentos ni la ubicación de los mismos respecto al
componente que conforman el “Plan de contingencia de reubicación de alumnos”,
los cuales fueron materia de las observaciones propuestas por algunos postores.
Habiendo l organismo supervisor evidenciado que la
Entidad no público en el formulario electrónico dichos documentos, la
convocatoria realizada a prescindido de contar adicionalmente con el expediente
técnico de obra, el cual debería haber sido de manera completa en el formulario
electrónico de la ficha del SEACE, desde la convocatoria, debiendo ser
difundido obligatoriamente por la Entidad, a efectos de que, los participantes
puedan tener conocimiento de manera precisa del requerimiento de la Entidad.
TRANSGRESIÓN A LO NORMADO
En ese sentido-precisa el informe, que corresponde
señalar que, en procedimiento, no se ha cumplido con publicar el Expediente
Técnico de Obra completo, lo cual contraviene a los principios de transparencia
y publicidad, así como lo establecido en lo establecido en los citados
dispositivos legales refiere el informe, constituyendo un vicio que afecta la
validez del procedimiento de selección.
ACCIONES TOMAR
Dicho informe concluye, que es competencia del titular de
la entidad declarar la nulidad del procedimiento de selección, de modo que el
mismo se retrotraiga a la etapa de la convocatoria, a fin de que dichos actos y
los subsiguientes se realicen de acuerdo a la norma vigente.
Así mismo, concluye que, la demora del procedimiento
selectivo y consecuentemente la satisfacción oportuna de la necesidad, es de
exclusiva responsabilidad del titular de la Entidad y de los funcionarios
intervinientes en la contratación por lo que, en razón de ello,
corresponde-concluye el informe, que el informe en materia de la nulidad del
proceso de selección, sea puesto en conocimiento del Sistema Nacional de
Control.
PRIMER PROCESO ANULADO
Cabe recordar que, en el mes de agosto del año 2023, el
GORE, convocó a un primer proceso para refaccionar el Instituto Superior,
proceso que al poco tiempo fue declarado nulo mediante la Resolución
Ejecutiva Regional N°568-2023-GR. LAMB de fecha 28 de setiembre, suscrita
por el gobernador Jorge Pérez Flores, por cuanto el expediente técnico
utilizado por la convocatoria contenía serios vicios en su contenido técnico y
formal.
Concluye el informe, que el proceso de selección, sea puesto en conocimiento del Sistema Nacional de Control.
Publicar un comentario