A través de
un comunicado, sostiene que “esta decisión
judicial contraviene los estándares internacionales de investigación
asumidos por el Estado peruano, relativos a violencia contra las mujeres”.
Sobre este
caso, la Defensoría del Pueblo recordó que, frente a una primera sentencia
absolutoria, presentó una comunicación debidamente argumentada en el mismo
proceso penal, revelando los errores de hecho, por lo cual dicha sentencia fue
declarada nula.
“La
Defensoría del Pueblo reconoce que las decisiones del Poder Judicial deben
respetarse en un Estado de Derecho por las autoridades y sociedad civil;
sin embargo, es también un derecho constitucional la posibilidad de impugnarlas
a través de los mecanismos legales que la ley franquea”.
En el
comunicado, se menciona que la Defensoría del Pueblo seguirá atenta a la
actuación del Ministerio Público, en su deber de fundamentar el recurso
de apelación interpuesto contra la
sentencia absolutoria.
Además,
seguirá de cerca las decisiones del Poder Judicial, en su obligación de motivar
debidamente la admisión del citado medio impugnatorio.
En la
víspera, el Colegiado Penal de Huamanga resolvió absolver por mayoría a Adriano
Pozo Arias de los delitos de feminicidio y violación sexual en grado de
tentativa, y determinó que pague una reparación civil de 100,000 soles.
Arlette
Contreras, quien fue agredida por su expareja en el 2015, dijo que se siente
decepcionada del Poder Judicial.
Defensoría del pueblo rechaza la decisión del @Poder_Judicial_ de absolver a Adriano Pozo Arias y permanecerá atenta al curso de la apelación interpuesta por @FiscaliaPeru: https://t.co/GGRDnbwHec pic.twitter.com/mFBtdRr4F3— Defensoría Perú (@Defensoria_Peru) 18 de febrero de 2018

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