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| Foto: Internet/Medios |
"Se debe imputar las faltas graves con las pruebas que
se tenga y otorgarle seis días de plazo al trabajador para que presente sus
descargos", señala Miguel Rubio,
gerente senior del Área Laboral de EY
Perú .
"Las conductas consideradas como faltas graves, que podrían
ser causal de despido son
el incumplimiento de obligaciones específicas de trabajo, la entrega
de información falsa al empleador por parte del trabajador, el abandono de
trabajo por más de tres días, la acumulación de tardanzas e inasistencias
en reiteradas oportunidades o por acusaciones sin sustento, aun cuando son vía Whatsapp ", agrega.
De acuerdo a la Ley de Productividad y Competitividad
Laboral, las causas justas de despido relacionadas con la
conducta del trabajador son:
a) La condena penal por delito doloso;
b) La inhabilitación del trabajador.
c) La falta grave, considerada como una infracción por el trabajador de los deberes esenciales que emanan del contrato, de tal índole, que haga irrazonable la subsistencia de la relación.
b) La inhabilitación del trabajador.
c) La falta grave, considerada como una infracción por el trabajador de los deberes esenciales que emanan del contrato, de tal índole, que haga irrazonable la subsistencia de la relación.
Una falta grave que podría ser causal de despido son los
actos de violencia, grave indisciplina, injuria y faltamiento
de palabra verbal o escrita en agravio del empleador, de sus
representantes, del personal jerárquico o de otros trabajadores, sea que
se cometan dentro del centro de trabajo
o fuera de él cuando los hechos se deriven directamente de la
relación laboral.
"Insultar o agraviar a un superior vía Whatsapp puede ser causal de
despido, tomando en cuenta que se le puede considerar una falta de respeto por
escrito. Los trabajadores que "hablen mal" de sus empleadores en caso
se trate de una acusación sin sustento también pueden
ser despedidos ; pero en ambos casos si solo se trata de una
opinión del trabajador, un comentario - sin acusación - no es considerada
causal de despido", explicó Rubio.
Consumo de
drogas o estado de embriaguez
Según la Ley de Productividad, la concurrencia reiterada en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas o sustancias estupefacientes también es considerada como falta grave y podría ser causal de despedido.
La empresa pondrá a disposición de la autoridad policial al empleador para la verificación de tales hechos; la negativa del trabajador a someterse a la prueba correspondiente se considerará como reconocimiento de dicho estado, lo que se hará constar en el atestado policial respectivo.
Según la Ley de Productividad, la concurrencia reiterada en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas o sustancias estupefacientes también es considerada como falta grave y podría ser causal de despedido.
La empresa pondrá a disposición de la autoridad policial al empleador para la verificación de tales hechos; la negativa del trabajador a someterse a la prueba correspondiente se considerará como reconocimiento de dicho estado, lo que se hará constar en el atestado policial respectivo.
Otras faltas graves son el daño intencional a los
edificios, instalaciones, obras, maquinarias, instrumentos, documentación,
materias primas y demás bienes de propiedad de la empresa o en posesión de
ésta.

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