El Organismo Supervisor de Inversión Privada en
Telecomunicaciones (Osiptel), emitió una medida cautelar que ordena a la
empresa Telefónica del Perú que deje sin efecto el aumento de tarifas de
Internet fijo y los planes empaquetados que incluyen este servicio y devuelvan
el monto del incremento aplicado a los usuarios.
La disposición se adoptó como consecuencia del
Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) que el regulador ha iniciado al
detectar que la empresa habría incumplido el artículo 9 de las Condiciones de
Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, al aplicar modificaciones
contractuales (aumentos tarifarios y otras condiciones), que requerían la
aprobación del Osiptel.
Adicionalmente, el Consejo Directivo del Regulador
dispuso la revisión (en un plazo de tres meses) del régimen tarifario aplicable
al servicio de internet fijo prestado por Telefónica.
En el marco de dicha revisión, se dispuso que la
empresa no podrá aplicar nuevas alzas a las tarifas de internet fijo ni de las
tarifas totales de los paquetes de los cuales forme parte dicho servicio.
La referida empresa tampoco podrá cesar o suspender la
comercialización de los planes de dicho servicio. De no cumplir estas
disposiciones, la empresa podría incurrir en una infracción muy grave.
EJERCICIO EXCESIVO
Según la resolución del Consejo Directivo, los
aumentos de tarifas aplicados por Telefónica responderían principalmente “a un
ejercicio excesivo del poder de mercado que ostenta” dicha empresa, frente a lo
cual debe evaluarse las medidas más idóneas para salvaguardar los derechos de
los usuarios y asegurar las condiciones de competencia.
De acuerdo con el análisis efectuado por el organismo
regulador, el incremento tarifario aplicado por la empresa Telefónica, que
entró en vigencia en enero de 2020, es el mayor registrado en los últimos años,
con un incremento promedio de 13 soles por recibo y afectó a 1.71 millones de
abonados según lo que la empresa informó a la entidad reguladora.

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