(Andina) El 6 de marzo se confirmó en Perú el
primer caso de coronavirus y a la fecha bordean los 40. Desde el Gobierno se
han tomado medidas para evitar la propagación de la enfermedad ¿Cómo sanciona
el Código Penal las actitudes negligentes o contrarias a lo dispuesto?
La doctora en derecho penal, Romy
Chang, señala que cuando una persona sabe que tiene la enfermedad y, a
pesar de eso, no le importa contagiar y sale a la calle y tiene contacto con
terceros el Código Penal sanciona con penas de 3 a 10 años de
cárcel.
Además, precisó que si a consecuencia de
ello la persona contagiada sufre una lesión grave o fallece, la pena puede
llegar a 20 años.
De igual forma, dijo, se sanciona cuando
persona sabe que está enferma y actúa negligentemente.
"Cuando sabe que está enfermo pero
no guarda los cuidados, es negligente. En esos casos, la pena puede alcanzar
los 2 años de cárcel", indicó en RPP.
Chang recordó que todo lo anterior
configuran delitos contra la salud y seguridad pública.
¿Y qué pasa si una persona con síntomas
se niega a pasar el examen?
Para la abogada, ello no es pasible de
una denuncia pues el Código Penal está pensado para supuestos más graves.
Sin embargo, pese a no merecer cárcel,
por razones de seguridad el Estado les puede obligar a hacerse la prueba y a
que cumplan aislamiento domiciliario, incluso contra su voluntad.
"Eso está previsto en la
Constitución. Hay derecho a circular libremente, pero en la medida que no
impliquemos riesgo para la salud pública", puntualizó.
Mencionó, además, que difundir
información falsa sobre el coronavirus puede configurar delito contra la fe
pública y una pena de hasta 4 años de cárcel.
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