Según informe N°482-2023 no hubo irregularidad en la designación del abogado Pedro Alvarado
El alcalde del
distrito de Olmos Daniel Rivera Pasco y los nueve regidores que conforman el
concejo municipal enfrentan un pedido de vacancia por haber aprobado la
supuesta contratación irregular de un funcionario.
La solicitud fue
presentada por el ciudadano Edilberto Castro Tesen, quien actualmente viene
siendo procesado por el presunto Delito de Estafa con Carpeta Fiscal N°243-2018
que se encuentra en acusación directa en el 2do. Despacho de la fiscalía
provincial Penal Corporativa de Castilla en Piura, por presunta Estafa Agravada
por apropiarse de US$ 20,000 de la Asociación Civil San Juan Bautista.
HECHOS
Los hechos
ocurrieron el 5 de junio de 2023, cuando el alcalde Daniel Rivera Pasco propuso
al pleno del Concejo, la designación del abogado Pedro Alvarado Guerrero, como
secretario Técnico el PAD.
Sin embargo, la
Ley Orgánica de Municipalidades establece que la elección de dicho funcionario
debe realizarse mediante la presentación de una terna de candidatos para ser
evaluados y se designe a uno, incluso, precisa que, si en una primera votación
no se llega a un acuerdo, el alcalde debe presentar una segunda terna de
candidatos ante el concejo.
“Esto no lo
cumplió el alcalde al proponer directamente al profesional Pedro Alvarado, por
su parte los miembros del concejo municipal, sin tener el menor cuidado o
diligencia en el desarrollo de sus funciones acordaron la designación del
abogado Pedro Alvarado. Tal como consta en la solicitud. Lo que es
peor-sostiene el solicitante-tampoco respetaron la normativa de la Autoridad
Nacional de Servicio Civil (SERVIR) la cual establece que la persona que ocupe
el cargo de secretario técnico del PAD debe tener vínculo laboral con la
municipalidad previo a su designación.
Ante esta
imputación, la municipalidad distrital de Olmos programo la sesión de concejo
para el próximo 5 de abril, a fin de debatir el pedido de vacancia.
AUTONOMÍA
En respuesta al
pedido de vacancia, el subgerente de Asesoría Jurídica de la municipalidad de
Olmos, Edgard Alarcón Vásquez, remitió el Informe Legal N°482-2023, concluyendo
que no hubo irregularidad en la designación del abogado Pedro Alvarado
Guerrero.
En su escrito,
precisó que la elección del secretario técnico de PAD lo realizaron de manera
interna, amparados en el artículo 194 de la Constitución Política, la que les
otorga autonomía a las municipalidades para contratar profesionales.
“Revisado el
expediente, se puede determinar que la terna de profesionales que postulaban a
desarrollar las labores de secretario técnico del PAD fue materia de evaluación
por el área de Recursos Humanos de la Municipalidad.
La terna de
profesionales fue auscultada por el área técnica de la entidad, y en ese
estado, es que la gerencia municipal presenta al pleno al profesional que
cumple con el perfil técnico requerido”, reza el informe.
El funcionario
agrega que según la constitución-el gobierno local lo conforma el concejo
municipal como órgano normativo fiscalizador y la alcaldía como órgano
ejecutivo.
“Esto permite interferir que en el caso de la incorporación de funcionarios es por concurso, o por confianza. En el presente caso, dentro de la Ley Servir, en una designación no sujeta a concurso, donde el concejo por su labor fiscalizadora corrobora que se designe al determinado por alcaldía”, acotó.
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