CONCEJO DE OLMOS DEBATE EN ABRIL PEDIDO DE VACANCIA


Según informe N°482-2023 no hubo irregularidad en la designación del abogado Pedro Alvarado

El alcalde del distrito de Olmos Daniel Rivera Pasco y los nueve regidores que conforman el concejo municipal enfrentan un pedido de vacancia por haber aprobado la supuesta contratación irregular de un funcionario.

La solicitud fue presentada por el ciudadano Edilberto Castro Tesen, quien actualmente viene siendo procesado por el presunto Delito de Estafa con Carpeta Fiscal N°243-2018 que se encuentra en acusación directa en el 2do. Despacho de la fiscalía provincial Penal Corporativa de Castilla en Piura, por presunta Estafa Agravada por apropiarse de US$ 20,000 de la Asociación Civil San Juan Bautista.

HECHOS

Los hechos ocurrieron el 5 de junio de 2023, cuando el alcalde Daniel Rivera Pasco propuso al pleno del Concejo, la designación del abogado Pedro Alvarado Guerrero, como secretario Técnico el PAD.

Sin embargo, la Ley Orgánica de Municipalidades establece que la elección de dicho funcionario debe realizarse mediante la presentación de una terna de candidatos para ser evaluados y se designe a uno, incluso, precisa que, si en una primera votación no se llega a un acuerdo, el alcalde debe presentar una segunda terna de candidatos ante el concejo.

“Esto no lo cumplió el alcalde al proponer directamente al profesional Pedro Alvarado, por su parte los miembros del concejo municipal, sin tener el menor cuidado o diligencia en el desarrollo de sus funciones acordaron la designación del abogado Pedro Alvarado. Tal como consta en la solicitud. Lo que es peor-sostiene el solicitante-tampoco respetaron la normativa de la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR) la cual establece que la persona que ocupe el cargo de secretario técnico del PAD debe tener vínculo laboral con la municipalidad previo a su designación.

Ante esta imputación, la municipalidad distrital de Olmos programo la sesión de concejo para el próximo 5 de abril, a fin de debatir el pedido de vacancia.

AUTONOMÍA

En respuesta al pedido de vacancia, el subgerente de Asesoría Jurídica de la municipalidad de Olmos, Edgard Alarcón Vásquez, remitió el Informe Legal N°482-2023, concluyendo que no hubo irregularidad en la designación del abogado Pedro Alvarado Guerrero.

En su escrito, precisó que la elección del secretario técnico de PAD lo realizaron de manera interna, amparados en el artículo 194 de la Constitución Política, la que les otorga autonomía a las municipalidades para contratar profesionales.

“Revisado el expediente, se puede determinar que la terna de profesionales que postulaban a desarrollar las labores de secretario técnico del PAD fue materia de evaluación por el área de Recursos Humanos de la Municipalidad.

La terna de profesionales fue auscultada por el área técnica de la entidad, y en ese estado, es que la gerencia municipal presenta al pleno al profesional que cumple con el perfil técnico requerido”, reza el informe.

El funcionario agrega que según la constitución-el gobierno local lo conforma el concejo municipal como órgano normativo fiscalizador y la alcaldía como órgano ejecutivo.

“Esto permite interferir que en el caso de la incorporación de funcionarios es por concurso, o por confianza. En el presente caso, dentro de la Ley Servir, en una designación no sujeta a concurso, donde el concejo por su labor fiscalizadora corrobora que se designe al determinado por alcaldía”, acotó.


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