Beneficios. Aerolínea fue la más beneficiada por Ley 29624, que se
restablecería si el Congreso aprueba en segunda votación un proyecto de ley que
impulsa el fujimorismo.
(LaRepublica) Aunque Latam Airlines Perú ha negado beneficios de
la ley que establece el régimen de admisión temporal de aeronaves y material aeronáutico
–que estuvo vigente hasta el 2015 y se restablecería si el Congreso aprueba
en segunda votación un proyecto de ley promovido por el fujimorismo– la
Sunat informó que por eso la aerolínea dejó de pagar al fisco US$ 1, 341,
452,468.95.
Otras 65 empresas se acogieron también a los beneficios de
la Ley 29624 que exoneraba del pago de tributos
a las empresas dedicadas al transporte aéreo de pasajeros y cargas y dedicadas
a la aviación comercial, con lo cual el subsidio le costó al país exactamente
US$ 1,767,529,430.16.
No obstante, estas empresas tuvieron una exoneración de
impuestos mucho menor. La que le sigue a Latam
Perú es Trans American Airlines (Ex Taca Perú) que tuvo una
dispensa tributaria de US$ 255, 857,770.88.
Las cifras las dio el superintendente de Gestión
y Control Aduanero Gustavo Romero Burga, a través de un
informe que remitió en junio pasado al congresista de Nuevo Perú Horacio Zevallos,
a propósito del proyecto de ley 551 que el fujimorismo impulsó y logró que se
aprobara la semana pasada, pese a los cuestionamientos del Ministerio de Economía y
Finanzas.
Aunque el dictamen aprobado no incluye a las grandes empresas
entre los beneficiarios, aun así es perjudicial para el país y un pésimo
precedente, según el legislador Zevallos, para quien existe un "lobby
empresarial" en el que Latam Perú sigue
siendo la mayor beneficiaria.
No le falta razón. Según advirtieron fuentes del Ministerio
de Economía y Finanzas a pesar de que el ámbito de
proyecto está limitado a la micro, pequeña y mediana empresa, los beneficios
tributarios crean incentivos al fraccionamiento y atomización de las empresas
ya existentes con el fin de no pagar tributos.
Es decir, una gran empresa podría crear una división de
reparación con un RUC distinto
y a partir de ésta realizar la importación temporal por 5 años y luego comprar
aeronaves.
Zevallos sostuvo que la norma
aprobada durante el gobierno pasado ya no tiene razón de ser porque el mercado
comercial de la aviación es boyante y desde el 2015 no se ha observado una
reducción de la actividad aeronáutica, sino todo lo contrario. En el 2016 el
flujo de pasajeros en vuelos nacionales creció en 9%.
En todo caso, dijo, si se trata de incentivar a las empresas
para que presten servicios en ciertas zonas del país donde la aviación
comercial es incipiente, se puede pensar en otros mecanismos, pero no en la
exoneración de impuestos", dijo el legislador por Huancavelica donde,
paradójicamente, no hay aeropuerto.
Según
Latam, no pagó IGV porque nunca compró avión con ley peruana
Antonio Olórtegui, gerente de Asuntos Corporativos de Latam
Airlines Perú, reconoció que la aerolínea no pagó IGV por cinco años, pero
eso fue porque se acogió a la Ley 29624. Por ello rechazó que se diga que se
benefició con una millonaria exoneración.
"Optamos por el régimen de internamiento temporal, que no
grava IGV.
Este impuesto se paga solo si hay internamiento definitivo", dijo. De esta
manera admitió que durante los años que Latam opera en Perú nunca compró un
avión por el que haya pagado IGV en el país.
Sin embargo, entre el 2010y
el 2015 la aerolínea de capitales chilenos concentró el 75% del valor CIF
(costo de origen, flete y seguro) de aeronaves, partes, piezas, repuestos y
motores, y el 2016 ese porcentaje subió a 90%.
Publicar un comentario