Después de un año y medio una resolución judicial
que puede marcar jurisprudencia favorece a una periodista que se negó a leer
publicidad en medio de las noticias.
(Caretas) El 22 de octubre
del 2015 Perla Berríos y Melissa
Peschiera dejaron de aparecer, de un día para otro, como conductoras del noticiero 90 Matinal de Latina. Inmediatamente se
desató un escándalo en las redes sociales porque Perla se encontraba con siete
meses de gestación y, aun así, la sacaron de su puesto.
Sin embargo lo más escandaloso, en realidad, fueron las razones
por las que ambas periodistas fueron separadas del noticiero: negarse a leer
publicidad en medio del informativo. Sí, anuncios en favor de empresas privadas
y también de estatales, anuncios contratados que exigían a los periodistas leer
entre noticia y noticia, sin decir que se trataba de una publicidad, algo que
suelen hacer en varios programas y que he comentado muchas veces en esta
columna como algo que atenta contra la credibilidad, no solo de los noticieros,
sino de los periodistas que aceptan esa confusa situación.
Los argumentos de Perla
Berríos fueron claros: ella era periodista y no tenía por qué entregar su
imagen a dichas empresas contratantes de publicidad por una cuestión ética, de
imagen y de ejercicio profesional. La empresa se lo exigió y, pese a sus
intentos por hacer entender su posición a distintas gerencias, no tuvieron más
respuesta que decirle que estaba perjudicando los intereses comerciales del
canal.
“Era
una situación muy incómoda. Lo hice unas dos o tres veces, pero sentía que iba
contra mi ética disfrazar una publicidad de información”,
recuerda la periodista y agrega: “cuando
dije no más, Augusto Álvarez Rodrich, Gerente de Informaciones en ese momento,
me dijo que entonces me tendría que sacar del noticiero. Y después un día me
informó que ya no era necesario que vaya a trabajar, sin más explicaciones”.
Luego todo reventó por las redes sociales y meses después (ya
cuando había dado a luz), Perla acudió al Poder Judicial demandándolos por
hostigamiento. La buena noticia es que luego de más de un año la justicia ha
fallado a su favor en primera instancia con argumentos que, sin duda, marcarán
jurisprudencia, porque además están basados en una sentencia del Tribunal
Constitucional.
La sentencia dice, entre otras muchas cosas, que “el tenor del
contrato de trabajo suscrito entre las partes no se desprende de ninguna de sus
cláusulas que la actora tenga como obligación emitir anuncios publicitarios de
terceros, menos al momento de desempeñarse ya sea como reportera o conductora
de los programas periodísticos; por lo tanto, la libertad de empresa de la
demandada, la misma que se encuentra prevista en el artículo 9° de la Ley de
Productividad y Competitividad Laboral, de querer modificar sustancialmente el
objeto de contratación de la actora, transgrediría la dignidad de la actora
implicando actos contra la moral, dado que esta fue contratada para difundir
información periodística y no para anunciar publicidad de terceros”.
En otra parte, el documento señala que “Constituye una inobservancia a este principio difundir publicidad
encubierta bajo la apariencia de noticias, opiniones periodísticas o material
recreativo, sin advertir de manera clara su naturaleza publicitaria. Es decir,
sin consignar expresa y destacadamente que se trata de un publirreportaje o
anuncio contratado”, algo que he repetido varias veces en esta columna.
Se
trata pues de una resolución judicial excelente para todos los periodistas que
respeten la profesión y no tengan alma de mercachifles (digamos que ya no hay
pretexto, la ley nos protege de ir contra nuestros principios y nuestra ética
ante las exigencias “comerciales” de algún gerente desubicado). Pero la
pregunta es, ¿cómo ha reaccionado Latina? ¿Se ha hecho cargo, como dice su
nuevo eslogan? ¿Ha aceptado la sentencia? ¡No, señores y señoras! ¡Ha apelado!
No reconocen su error, ni entienden que han atentado contra la dignidad de una
periodista. No se hicieron cargo entonces, frente a una mujer con siete meses de
embarazo (algo que ni siquiera ha resaltado el juez en su sentencia), ni se
hacen cargo ahora.

Publicar un comentario