La prescripción y venta de medicamentos genéricos como
primera opción serán obligatorias, según el proyecto de ley 4801 presentado hoy
por la bancada de Nuevo Perú en el Congreso.
La iniciativa legislativa tiene por objeto fortalecer la
atención integral en salud y facilitar el acceso a productos farmacéuticos
seguros, eficaces y de calidad en todos los establecimientos de salud.
Bajo esa premisa, modifica el artículo 26 de la Ley
General de Salud, a fin de que los médicos, al dar sus recetas, indiquen
"como primera opción y de manera obligatoria" los medicamentos
genéricos y "como segunda opción medicamentos innovadores o de
marca".
De igual forma, estarán obligados a informar al paciente
sobre los riesgos, contraindicaciones, reacciones adversas o interacciones que
su administración puede ocasionar y sobre las precauciones para su uso correcto
y seguro.
El proyecto modifica también el artículo 33, a fin de que el
químico farmacéutico esté facultado para ofrecer al usuario de manera
obligatoria los medicamentos genéricos y los innovadores o de marca, en el
respectivo orden de prioridad.
Los establecimientos de salud, farmacias y boticas, tanto
públicas como privadas, realizarán la dispensación o venta de productos
farmacéuticos, poniendo a disposición del público consumidor, de manera
obligatoria y bajo
responsabilidad, medicamentos genéricos de calidad, como
primera opción.
No obstante lo anterior, y solo en caso de ausencia de stock,
podrá ofrecer medicamentos de marca o procedentes de laboratorios innovadores,
química y farmacológicamente equivalentes.
Será el Ministerio de Salud y sus órganos desconcentrados
los encargados de establecer los criterios para la
regulación y fiscalización de lo dispuesto por el proyecto.
Asimismo, adoptarán las medidas necesarias para garantizar
la aplicación de la iniciativa y establecerán el régimen de
sanciones aplicables por incumplimiento.
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