- Por cometer actos de discriminación
- Multa equivale a 30
UIT.
(Caretas) La Comisión de Protección al Consumidor N° 1 del Indecopi
sancionó a CrediScotia Financiera S.A. con una multa de 30 UIT, equivalente a
126,000 soles por incidir en actos de discriminación, al negarle el uso de la
ventanilla preferencial a un consumidor que llevaba a su mejor hijo en brazos.
El hecho ocurrió cuando el cliente acudió a una agencia de
la mencionada entidad financiera, en el distrito de San Miguel, para cancelar
la cuota de su tarjeta de crédito Scotiabank.
Asimismo, al acercarse a la ventanilla de atención
preferencial, con su hijo de dos años y dos meses de edad en brazos, personal
del banco le indicó que dicha ventanilla no brindaba atención a varones con
niños en brazos, sino únicamente a mujeres.
Ante la negativa respuesta, el consumidor procedió a formar
la fila de atención regular, pero debido a la demora para que lo atiendan (más
de 60 minutos), su menor hijo miccionó, manchándole la ropa.
Respecto a la
denuncia
Mediante la resolución N° 1980-2019/CC1 del 25 de setiembre
de 2019, la CC1 resolvió, entre otros puntos, declarar fundada la denuncia
interpuesta contra CrediScotia Financiera S.A., sancionándola con 30 UIT.
Crediscotia Financiera S.A. se encuentra dentro del plazo
legal (15 días hábiles) para presentar apelación ante la Sala Especializada en
Protección al Consumidor, segunda y última instancia administrativa del
Indecopi.

Publicar un comentario