(Andina) Los integrantes del disuelto Congreso de la República
perderán su inmunidad parlamentaria en 30 días según la Constitución, recordó
hoy el ex procurador anticorrupción Julio Arbizu.
Se trata del artículo 93 de la Constitución Política,
el cual precisa que los legisladores "no pueden ser procesados ni presos
sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son
elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones".
Tras la disolución constitucional del Parlamento, dispuesta
por el presidente Martín Vizcarra y oficializada en una edición
extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, inició el plazo
de vencimiento de la inmunidad.
El Poder Ejecutivo convocó elecciones para un nuevo Congreso
para el domingo 26 de enero del 2020, según un decreto supremo publicado en la
edición extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial El
Peruano.
El dispositivo decreta además la disolución del Congreso de
la República por haber negado la confianza a dos Consejos de Ministros del
gobierno elegido para el periodo 2016-2021, manteniéndose en funciones la
Comisión Permanente.
Solo los integrantes de la Comisión Permanente, al seguir en
funciones, conservan su inmunidad.
Para Arbizu, la inmunidad era una de las principales razones,
"y probablemente la más poderosa", por la cual varios integrantes del
Congreso disuelto "defendían los fueros de un Parlamento ilegítimo e
ilegal".
Y lo hacían, remarcó, sabiendo que a partir de mañana el
exdirectivo de Odebrecht en Perú Jorge Barata va a declarar ante el equipo
especial Lava Jato sobre los codinomes (apodos) presuntamente
vinculados al Congreso.
Sostuvo, en ese sentido, que pronto se confirmará a quiénes
corresponden codinomes como: Sipán, Pastor Alemán o Apra,
revelados semanas atrás por la prensa.
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