EN INCAHUASI: ALCALDE FIRMA CONTRATOS CON CONSORCIO QUE PRESENTA CARTAS FIANZAS DUDOSAS



Por: Jorge Chávez Pita

COOPERATIVA EMISORA NO CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN Y LA SUPERVISIÓN DE LA SBS

Al parecer, los controles posteriores en la Municipalidad Distrital de Incahuasi no son realizados oportuna y diligentemente, tal es así que, los contratistas reiteradamente logran afianzar la ejecución de obras, introduciendo para la suscripción de los respectivos contratos, garantías aparentemente fraudulentas y sin respaldo alguno, emitidas por entidades que no se encuentran supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS), tal como así lo considera las normas vigentes respecto a la autorización que deben contar las entidades financieras para emitir ciertas garantías, con el propósito de garantizar las obras públicas que se ejecuten.

LOS PROCEDIMIENTOS

En el mes de noviembre del año próximo pasado, la comuna de Incahuasi convocó dos Procesos Especiales de Contratación (PEC) signados con el N°1 y el N°3-2019, ambos bajo el ámbito de la Ley de la Reconstrucción con Cambios. El primer procedimiento el N°1, fue considerado con la finalidad de ejecutar la obra “Recuperación del local escolar 10249 San Lorenzo de Machaycaj en el distrito de Incahuasi”, valorizado en más de un millón y medio de soles, el cual fue adjudicado al Consorcio San Benito, conformado por Empresa de Servicios & Logística Transnacionales S.A.C. y Grupo de Empresas Constructoras Industriales y Afines S.R.L. El segundo proceso, el N°3, fue convocado asignándole un presupuesto por un monto que supera los 4 millones de soles, con el objeto de ejecutar la obra “Recuperación del local escolar 10791, del Centro Poblado La Tranca-Distrito de Incahuasi”, el cual fue adjudicado al Consorcio Marcet, coincidentemente conformado por las mismas empresas que integraron el Consorcio San Benito a quien se le adjudicó el procedimiento N°1, es decir, Empresa de Servicios & Logística Transnacionales S.A.C. y Grupo de Empresa Constructoras Industriales y Afines S.R.L.

LOS CONTRATOS   

Con fecha 12.12.2019, el Consorcio San Benito suscribe el Contrato N°01-2019-MDI proveniente del procedimiento 1, cuyos firmantes fueron el alcalde del distrito William Hidalgo Manayay Manayay y la representante legal común del Consorcio San Benito, Nancy Margot Bedoya de Cortez, estableciendo en dicho documento contractual (Clausula Séptima) que el mencionado Consorcio entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva carta de garantía, en este caso de Fiel Cumplimiento. En esas mismas condiciones, el 17 de diciembre de 2019, el Consorcio Marcet suscribe el Contrato N°4-2019 refrendado por la autoridad edil y para este caso, como representante legal común del consorcio Fanny Verónica Salazar Zavaleta, cuyo monto rebajado asciende a 3 millones 845 mil soles, en el cual se consigna en la cláusula respectiva que el contratista hace entrega de la Carta Fianza de Fiel Cumplimiento por el monto equivalente al 10 % del importe contractual.

LAS GARANTÍAS IRREGULARES

 Tuvimos acceso mediante el portal del Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE), a las dos cartas Fianzas de Fiel Cumplimiento entregadas por los dos consorcios para el perfeccionamiento de ambos contratos. La primera identificada con el N°000244-2019 por un monto equivalente S/ 148,150.59 y la segunda con la numeración 000230-2019/CACF por el importe de S/384,554.09, montos equivalentes al 10% de cada uno de los contratos suscritos, ambas emitidas por la Cooperativa de Ahorro y Crédito Financoop, la misma que no se encuentra en el listado de empresas autorizadas por la SBS para emitir este tipo de garantías, razón por la cual las mismas no cuentan el respaldo ni la autorización de este ente supervisor.

CONFIRMACIÓN DE LAS IRREGULARES GARANTÍAS.

De acuerdo al Oficio N° 014999-2020-SBS cursado por la SBS el 13 de enero de este año, el cual fue dirigido al Presidente del Comité que tuvo a cargo los procesos en cuestión, al cual este medio tuvo acceso, en una de sus conclusiones refiere textualmente lo siguiente: En relación a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Financoop, indica que dicha cooperativa no se encuentra en listado de empresas autorizadas para emitir garantías en el marco de lo dispuesto por el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, haciendo referencia implícita  que, dicho listado, se encuentra publicada en la página web de la SBS, sugiriéndole a la vez, revisar el enlace respectivo, procedimiento que al parecer la gestión edil no realizó cuando los adjudicatarios presentaron para la firma del contrato las cartas fianzas emitidas por Financoorp, las cuales bajo la opinión formal de la SBS – según el Oficio cursado – la referida cooperativa no se encuentra autorizada para la emisión de este tipo de garantías, lo que en buena cuenta corrobora la ilegalidad de las mismas, condición que debió ser advertida por los funcionarios encargados de la gestión edil y de esta forma, no haber permitido que el alcalde haya suscrito los dos contratos sin el respaldo que garantice la buena ejecución de las obras.

Walter Manayay Manayay - Alcalde de Incahuasi
NOTA

Tuvimos acceso a la página web de la SBS, confirmado que efectivamente Financoop no cuenta con autorización para emitir cartas fianzas.        

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