"Debemos recordar que, el Ministerio de
Agricultura tiene un rol crucial en cada país para garantizar la seguridad
alimentaria, promover prácticas agrícolas sostenibles y apoyar el crecimiento
económico de las zonas rurales"
Las recientes declaraciones del ministro de Agricultura,
Ángel Manero, en la convención minera Perumin 37 confunden a la ciudadanía. El
gobernante enfatizó que “la agricultura puede esperar; un proyecto
minero", no refiriéndose a los derechos de uso de agua, priorizando a la
minería por sobre la agricultura (La República, 2025). Debemos recordar que, el
Ministerio de Agricultura tiene un rol crucial en cada país para garantizar la
seguridad alimentaria, promover prácticas agrícolas sostenibles y apoyar el crecimiento
económico de las zonas rurales.
Asimismo, desempeñan un papel vital en el desarrollo de
políticas, el fomento de la innovación y la provisión de recursos para apoyar a
los agricultores y al sector agrícola. Sin embargo, su discurso nos lleva a
pensar que evidencia un desconocimiento de su sector y las leyes (por ejemplo,
la ley de recursos hídricos) así como cuáles son sus funciones.
Promulgada el 30 de marzo de 2009, la Ley de Recursos
Hídricos No. 29338, es la principal norma peruana que regula la gestión de los
recursos hídricos en el país. Esta regulación, cuyas entidades responsables son
la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y el Ministerio de Desarrollo Agraria y
Riego (MIDAGRI), indica claramente que el acceso al agua es prioritario para la
satisfacción de las necesidades primarias de la persona humana por ser un
derecho fundamental sobre cualquier uso, inclusive en épocas de escasez.
Incluso, en el artículo 35, la ley reconoce la siguiente prioridad en el uso de
agua: 1) Uso primario; 2) uso poblacional y 3) uso productivo:
1. El uso primario consiste en la utilización directa y
efectiva de agua con el fin de satisfacer necesidades humanas primarias.
Comprende el uso de agua para la preparación de alimentos, el consumo directo y
el aseo personal; así como su uso en ceremonias culturales, religiosas y
rituales.
2. El uso poblacional consiste en la captación del agua de
una fuente o red pública, debidamente tratada, con el fin de satisfacer las
necesidades humanas básicas: preparación de alimentos y hábitos de aseo
personal.
3. El uso productivo del agua consiste en la utilización de
esta en procesos de producción o previos a los mismos. Se ejerce mediante
derechos de uso de agua otorgados por la Autoridad Nacional.
Dentro de este tercer punto, la priorización del agua debe
de ser para la agricultura antes que para la minería. Anunciada por los
ministros de Agricultura hace quince años, juntamente con los presidentes Alan
García Pérez en el 2010 (Reuters, 2010) y respaldada por Ollanta Humala en el
2011(Agraria.pe, 2011), esta ley No. 29338 se basa en un enfoque político y
social, respondiendo directamente a la importancia de los recursos hídricos
para el derecho humano al agua, de cara a evitar conflictos por su escasez, así
como de la seguridad alimentaria.
Las declaraciones del actual ministro de Agricultura en
Perumin 37 parecen ser dichas por un ministro de Energía y Minas. La principal
función del Ministerio de Agricultura es encargarse de proveer de seguridad
alimentaria a sus connacionales mediante la garantía de un suministro estable y
suficiente de alimentos a la población, lo cual es crucial para la salud y el
bienestar. Esto incluye abordar problemas como el hambre y la desnutrición,
especialmente en regiones con escasez de alimentos. Asimismo, el Ministerio de
Agricultura debe promover el desarrollo económico mediante prácticas
sostenibles a nivel agrícola y pecuario. Finalmente, la cartera debe trabajar
para mejorar los medios de vida de las personas en las zonas rurales apoyando a
los agricultores, facilitando el acceso a los mercados y promoviendo
iniciativas de desarrollo rural con promoción de prácticas agrícolas
sostenibles, alianzas entre públicos y privados y fomentando la innovación y
tecnología, con las debidas regulaciones.
Es importante la minería, sí. También lo son otras industrias productivas. Pero respecto al uso del agua, debe existir un respeto a su priorización según las leyes establecidas. Un ministro de Agricultura que está totalmente desinformado del sector agrícola en el Perú; que, si al pequeño agricultor le va mal, no tiene que pedirle al Estado; y que desconoce sus principales funciones, además que, entre otras desatinadas declaraciones, públicamente menciona que no tiene hambre porque no cena de noche; resulta un elemento poco confiable y hasta preocupante para llevar las riendas de una de las carteras más importantes de una nación. Señor ministro: ni la agricultura ni la alimentación pueden esperar en nuestro país.
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