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| Foto: Andina |
El dictamen especifica que el personal militar femenino, que
se encuentre en estado de gestación, gozará de 98 días de descanso por
maternidad, dividido esto, en 49 días de prenatal e igual número de días de postnatal.
La propuesta legal, presentada por el Ejecutivo, modifica
así el artículo 2 e incorpora el artículo 4-A a la Ley 28308, Ley que regula el
uso del descanso pre y postnatal del personal femenino de las FF.AA y PNP.
El titular de la comisión, Javier Velásquez Quesquén,
explicó que el goce de descanso prenatal puede ser diferido, parcial o
totalmente, y acumulado con el postnatal, a decisión del personal gestante.
El descanso postnatal se extenderá por 30 días naturales
adicionales en los casos de nacimiento múltiple o nacimiento de niños/as con
discapacidad. En esta última situación, la discapacidad será acreditada con la
presentación del certificado otorgado por el profesional de salud debidamente
autorizado.
De otro lado, la comisión también aprobó por unanimidad el
proyecto de ley que propone establecer cada 26 de octubre como el “Día del
Veterano de Guerra y de la Pacificación Nacional”.
Se trata, dijo Velásquez, de un reconocimiento meritorio a
los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participaron en los
conflictos armados en defensa de la soberanía nacional y en el proceso de
pacificación.
Los Veteranos de Guerra y de la Pacificación Nacional podrán
ingresar de manera gratuita a museos, atractivos históricos y turísticos de
propiedad del Estado, y contarán con un lugar reservado en la Parada Militar,
cada 29 de julio, entre otros beneficios económicos y sociales.

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