¡ESCANDALO EN FERREÑAFE! | POR. JORGE CHÁVEZ PITA.


Empresas inhabilitadas y con deudas a la Sunat, conforman el Consorcio ganador.

Luego de que la empresa Murgisa Servicios Generales SRL decidiera abandonar los trabajos del mejoramiento de pistas vecinales en la ciudad de Ferreñafe, la gestión edil liderada por la alcaldesa Violeta Muro Mesones decidió, en aplicación de la Ley de Contrataciones veredas en el cercado urbano y unidades del Estado, resolver el contrato celebrado con dicho contratista, continuando con los proyecto de inversión pública.

En este sentido, en aplicación de uno de los artículos de la norma precitada, procedió a cursar las invitaciones respectivas a los postores participantes en el proceso de selección cuyas ofertas fueron declaradas admitidas y sometidas a la evaluación y calificación, lo cual derivó en el establecimiento del orden de prelación correspondiente, es así que, se logró establecer la ubicación de la empresa 3 F Constructora EIRL en el segundo lugar, quien por la razón de no haber acreditado fehacientemente su capacidad legal, tuvo que ser desestimada la invitación cursada y la aceptación por parte de la procedimientos que la norma establece, para procurar la culminación de dicho.

En ese mismo orden se procedió a invitar al postor que ocupó el tercer lugar, en este caso el Consorcio Ferreñafe , quien no respondió la invitación cursada, procediéndose a invitar al Consorcio Oriente como postor que ocupó el cuarto lugar, quien a pesar de mostrar su interés de continuar con los trabajos inconclusos, no fue aceptado por cuanto uno de sus integrantes, en este caso la empresa Corporación de Servicios y Soluciones Integrales SAC, es encuentra inhabilitada para contratar con el Estado por el periodo del 27.08.2019 hasta 27.07.2020 debido a la Sanción Multa impaga impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado (TCE), mediante la Resolución N°2219-2019-TCE, quedando de esta manera la opción de invitar al Consorcio Luna para que previa a la invitación cursada acepte continuar los trabajos pendientes de ejecutar.

Invitación y adjudicación al Consorcio Luna

Luego de la invitación cursada al Consorcio Luna, este mediante Carta s/n de fecha 14 de enero de 2019, manifiesta su aceptación para continuar con la ejecución de la obra, para lo cual, el Lic. Segundo Monje Fernández, como jefe de la oficina de abastecimientos de la comuna ferreñafana, a las 14.36 del día 21 de enero, otorga la buena pro a dicho consorcio, cursando en ese mismo día la Carta N° 003 -2020 – MPF/UA dirigida al Consorcio Luna, con la finalidad de que presente la documentación requerida para el perfeccionamiento del contrato.

Atingencia del Consorcio

Cabe mencionar que, en uno de los considerandos de la carta cursada por el Consorcio Luna a la alcaldesa Muro Mesones, se evidencia una manifestación implícita respecto a la posible obstrucción en que podría ocurrir para la obtención de la Carta Fianza de Fiel Cumplimiento – documento obligatorio para la suscripción del contrato - en cuanto hace referencia los siguiente: Así mismo, comunico que es importante contar con la información del Informe del Supervisor y de la Curva S, “por cuanto – refiere al acápite de la carta – la entidades financieras son reacias a otorgar la mencionada garantía de este tipo de obras, mientras no se tenga la certeza de los motivos de la resolución del contrato anterior”.

Condición legal y financiera de los integrantes del Consorcio Luna

El Consorcio en cuestión está integrado por las empresas Extraco S.A. Sucursal Perú con RUC N° 20548123888 y Palma Ingeniería-Contratistas Generales E.I.R.L. con RUC N° 20531065019.

En el caso de Extraco S.A., según la in formación que se registra en su Registro Nacional de Proveedores (RNP), se evidencia en el recuadro de observaciones que esta cuenta con dos inhabilitaciones temporales para participar en procesos de selección y contratar con el Estado. La primera aplicada mediante la Resolución N° 1258-2017-TCE por el lapso de 04 meses por haber presentado información inexacta, suspendida por una medida cautelar emitida por el Juez Juan Montoya Muñoz del Primer Juzgado Especializado en los Contencioso Administrativo de Lima. La segunda sanción impuesta mediante las resoluciones N° 3001 y 3326 -2019 del TCE, mediante las cuales le impone una sanción de 36 meses para no ser participante y contratar con el Estado, cuya motivación está referida a la presentación de documentación adulterada, la cual pese a la gravedad de la infracción tipificada como tal por el TCE, actualmente y en forma reiterada se encuentra suspendida debido a una segunda medida cautelar emitida, en esta oportunidad por el Juez Edison Polo Huamán del Juzgado Permanente de Chachapoyas.

Respecto al segundo integrante Palma Ingeniería-Contratistas, de acuerdo al portal de la SUNAT, se muestra que dicha empresa a la fecha mantiene una deuda pendiente con obligaciones tributarias asignadas al Tesoro Público por un monto cercano a los 360 mil soles, deuda que actualmente se encuentra en proceso de cobranza coactiva y remitida a Centrales de Riesgo como así lo muestra el reporte de la SUNAT.      
               
SITUACIÓN PROCEDIMENTAL

De acuerdo al portal del Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE), se muestra que el proceso se encuentra bajo la condición de Adjudicado – Prorrata desde el 29 de enero a horas 15:38:56, para luego en los plazos previstos ser consentido y a partir de allí el consorcio en cuatro días hábiles presente la documentación requerida, fundamentalmente la Carta Fianza de Fiel Cumplimiento,  la documentación que acredite el perfil de los profesionales propuestos y la disponibilidad del equipamiento estratégico establecidos en las bases del procedimiento de selección.

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