Como sabemos el Poder Judicial ordeno a Polanski Carmona, Alcalde de Ferreñafe, el pago de una pensión alimenticia de 50% de su remuneración como Alcalde y este señor aprovechándose de su condición de autoridad máxima en el municipio ferreñafano ordeno que no se cumpla con el descuento, lo que los funcionarios municipales viene cumpliendo estrictamente.
Ante este incumplimiento el Juzgado sancionó a la Municipalidad de Ferreñafe con una Multa de 3 URP que equivale a S/ 1,495.00; ante la persistencia del incumplimiento se incrementó la multa a 5URP es decir S/ 2,475.00 que se adiciona a lo anterior y por tercera vez se ha vuelto a multar a la Municipalidad con 5 URP es decir S/ 2475.00 más, por lo que en total la Municipalidad de Ferreñafe debe por multas al Poder Judicial la suma de S/ 6,445.00 todo por el capricho del Alcalde de no permitir que le descuenten la pensión de alimentos, lo que también constituye un abuso del poder que tiene como autoridad.
Como hasta la
fecha no se cumple con lo ordenado por el Juzgado, se ha ordenado además de las
multas, que se remita copias de todo lo actuado al Ministerio Público para la
denuncia penal por el delito de desobediencia y resistencia a la autoridad
tanto del Alcalde Polanski Carmona como de su Gerente Municipal Wilmer Vásquez
Guerrero.
Finalmente, el
Juez ha ordenado que se inscriba en el Registro de Deudores Alimentarios
Morosos (REDAM) al demandado Polanski Carmona Cruz.
Y ante este perjuicio económico a la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, el OCI no dice nada.
CASO: DEMANDA
DE ALIMENTOS CONTRA POLANSKI CARMONA CRUZ
En el
Expediente776-2023 seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de Ferreñafe, se
interpuso demanda de alimentos contra Polanski Carmona Cruz, Alcalde de
Ferreñafe, debido a la desatención con sus obligaciones como padre.
En el mes de
marzo del presente año en este proceso el Juzgado ordenó una medida cautelar
consistente en la retención del 50% de la remuneración del Alcalde demandado y
dicho monto se deposite en la cuenta alimentista del Banco de la Nación
aperturada a favor de la madre de su menor hija.
Posteriormente en el mes de mayo se realizó la audiencia única donde asistió el Alcalde acompañado de su abogada, donde no quiso conciliar ni aceptar la pensión solicitada por la madre de la menor y realizada esta diligencia, habiendo escuchado a las partes demandante y demandado, el Juez procedió en el mismo acto a dictar sentencia, estableciendo una pensión alimenticia mensual y adelantada equivalente al 50% de la remuneración del demandado como Alcalde ; si bien el Alcalde apeló, se ordenó en la sentencia que se ejecute de manera anticipada aun cuando se interponga apelación; esto significa que tenía que cumplirse con pagar el monto de la pensión así apelara el Alcalde.
Por lo cual se
cursó oficio a la Municipalidad Provincial de Ferreñafe para que haga el
descuento de la pensión alimenticia y se deposite a favor de la alimentista,
pero el Alcalde aprovechándose de tal condición viene incumpliendo el mandato
de ordenar que se ejecute el descuento de la pensión alimenticia y los
funcionarios que deben hacer el descuento de la Planilla, no dan cumplimiento a
ese mandato judicial; a diferencia de a cualquier otro trabajador de la
municipalidad que tenga un mandato de
descuento de su remuneración, se hubiese hecho como es el caso de muchos
trabajadores MUNICIPALES que deben cumplir con una pensión alimenticia.
Ante esta
desobediencia por parte de los funcionarios municipales, el Juez impuso una
multa que debe pagar la entidad empleadora por no efectuar el descuento, la
misma que fue de 3 URP (cada Unidad de
Referencia Procesal es de S/ 495.00) por lo que la multa equivale a S/1,485 y
al insistir en la desobediencia se ha vuelto a imponer una multa de 5 URP, es
decir a la cantidad anterior deben sumar una nueva multa que equivale a
2,475.00; por lo que hasta la fecha con el dinero de todos los ferreñafanos se
debe pagar una total de S/ 2960 por la multa al haber desobedecido el mandato
del juez , y no habiéndose cumplido hasta la fecha el mandato del juez, la
multa se incrementará y ahora se procederá a hacer efectivo el apercibimiento
decretado por el juez, consistente en denunciar al Alcalde y Gerente Municipal
por los delitos de desobediencia y resistencia a la autoridad.
Pero las cosas no han quedado ahí, sino que el Alcalde en su desesperación de evadir su responsabilidad de padre y para no pagar la pensión de alimentos evitando el descuento que debe realizarse de su remuneración ha interpuesto una Acción de Amparo contra el Juez que ordenó la pensión y esa demanda se ha presentado al Juzgado Civil de Ferreñafe, quien se ha inhibido y ha derivado los actuados a un Juzgado de Chiclayo.
Esta última
demanda del Alcalde evidencia la falta de un asesoramiento adecuado, en ninguna
parte se ha visto o hay antecedentes que un padre obligado a pasar alimentos
por mandato judicial tenga que acudir a una Acción de Amparo para evitar esa
obligación y más aún que el proceso no se encuentra culminado porque falta
resolverse la apelación, es decir se han olvidado sus asesores que la Acción de
Amparo es la última posibilidad cuando no exista otro camino para defender un
derecho fundamental que no es este caso y cuando una decisión que afecta a una
persona se ha decidido en última instancia y este proceso de alimentos aún no
ha culminado porque falta resolverse la apelación.
GERENTE
INVESTIGADO POR FISCALÍA ANTICORRUPCIÓN
Wilmer Vásquez Guerrero está inmerso en la acusación fiscal por la presunta comisión del delito de ORGANIZACIÓN CRIMINAL, en perjuicio del estado cuando fue funcionario del Gobierno Regional, durante la gestión de Anselmo Lozano. Así mismo el Poder Judicial dictó una medida de COMPARECENCIA RESTRINGIDA contra él y otros ex funcionarios. Al respecto el doctor Gilberto Carrasco Lucero manifiesta que su situación legal podría complicarse de concretarse la denuncia penal que también alcanza al alcalde Polanski Carmona. "Hay que tener en cuenta una cosa que el Gerente se encuentra en una comparecencia con restricciones y no puede cometer otro delito por su situación procesal, porque sino estaría cometiendo otro delito y de manera reiterativa", precisó.
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