* MTPE publica guía práctica sobre la normativa vigente al respecto.
(ElPeruano) El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) puso
a disposición de la ciudadanía la Guía para el trabajador en horario nocturno,
elaborada con base en la normativa laboral vigente.
De acuerdo con este documento orientador el trabajo en
horario nocturno es aquel en el cual las labores se realizan entre las 22:00
horas y las 6:00 horas.
REMUNERACIÓN
De modo tal, si el trabajador labora en horario nocturno
deberá percibir, como mínimo, una remuneración mensual equivalente a la
remuneración mínima vital (RMV) incrementada con una sobretasa del 35%, es
decir 1,383.75 soles como remuneración mínima nocturna, indica la guía.
En el caso de las remuneraciones diarias, semanales o
quincenales, estas se calcularán de forma proporcional sobre dicho importe.
A la par, el documento orientador señala que cuando la
jornada de trabajo se desarrolla en horarios diurnos y nocturnos, se deberá
aplicar la sobretasa adicional por trabajar en horario nocturno, solo al tiempo
laborado entre las 22:00 horas y las 06:00 horas.
A modo de ejemplo, la remuneración de un día con horario
diurno y horario nocturno de un trabajador que labora entre las 20:00 horas y
04:00 horas con una remuneración mensual de 1,200 soles, será de 43.16 soles.
La guía también indica que cuando la jornada de trabajo se
desarrolla en turnos rotativos que comprenden días de horario diurnos y días de
horario nocturnos, corresponderá aplicar la sobretasa adicional por trabajar en
horario nocturno solo a los días de trabajo en horario nocturno.
Así, por ejemplo, un trabajador con una remuneración mensual
de 1,350 soles, que laboró 17 días en horario nocturno y 13 días en horario
diurno deberá percibir una remuneración mensual con turnos diurnos y nocturnos
de 1,364.69 soles.
En el caso de las microempresas, si la jornada habitualmente
es nocturna, no se deberá aplicar la sobretasa adicional por trabajar en
horario nocturno, por lo que la remuneración mensual será como mínimo una RMV,
precisa el documento orientador.
No obstante, en el caso de las pequeñas empresas, sí deberá
aplicarse esta sobretasa de modo que el haber mensual será como mínimo la
remuneración mínima nocturna.
Consulta aquí el documento del MTPE:
Guia Para El Trabajador en ... by MARIA AVALOS
A su vez, la guía especifica la prohibición de la jornada de
trabajo nocturna para los trabajadores adolescentes, aunque excepcionalmente el
juez podrá autorizar el trabajo nocturno por un máximo de cuatro horas diarias
para los adolescentes entre los 15 y 17 años.
Asimismo, señala que, para los trabajadores de construcción
civil, la jornada de trabajo nocturna se inicia a las 23:00 horas y culmina a
las 06:00 horas, en cuyo caso percibirán una bonificación del 25% sobre el
jornal básico previsto para la jornada de ocho horas diarias.

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