La Comisión de Constitución del Congreso aprobó el dictamen que propone restablecer la inmunidad parlamentaria, eliminada en segunda votación el 4 de febrero de 2021.Entoces, fue considerada una decisión histórica ya que muchos la veían como un mecanismo de impunidad en la lucha contra la corrupción. Sin embargo, a la luz de los hechos y a pocos años de aquella decisión, esta ha tomado un nuevo giro que, seguramente, generará reacciones diversas tanto a favor como en contra, dentro y fuera del Parlamento.
Con la aprobación en la Comisión de Constitución el
dictamen ha pasado al Pleno del Congreso. Al tratarse de una reforma
constitucional, se necesitarán dos votaciones de 87 votos en legislaturas
consecutivas, para que sea promulgada sin necesidad de referéndum. Según la
Constitución, si en la primera votación no se superan los 87 votos, deberá
convocarse a referéndum para que la ciudadanía confirme o rechace la
modificación a la Carta Magna.
El debate sobre este tema tan controversial se dará en un
contexto electoral donde primaran los cálculos políticos más que los intereses
del país y del sistema democrático que debemos proteger. Durante el debate en
la comisión ordinaria, una mayoría contundente se pronunció a favor de
restituir la inmunidad parlamentaria, con los votos de Fuera Popular, Perú
Libre, Acción Popular, Renovación Popular, Alianza para el Progreso, Podemos y
Bloque Magisterial. Tres congresistas se opusieron y cuatro se abstuvieron.
¿Que propone el dictamen? Modificar el
artículo 93 de la Constitución para que los senadores y diputados elegidos en
los elegidos en las elecciones generales 2025 “no puedan ser procesados
ni presos previa autorización” de la cámara o de su Comisión Permanente
La inmunidad regirá “desde que son elegidos hasta un
mes después de cesar en sus funciones” La propuesta impediría que
congresistas sean arrestados o procesados sin autorización, y la Comisión
Permanente tendrá 30 días para pronunciarse. Si no lo hace, se considerará “silencio
administrativo positivo” y el parlamentario podrá ser procesado por la
Corte Suprema.
El texto hace una excepción para los delitos flagrantes:
en estos casos, el congresista será puesto a disposición de su cámara o de la
Comisión Permanente, que deberá decidir en 24 horas si autoriza la privación de
su libertad y el enjuiciamiento. La inmunidad no cubre delitos cometidos antes
de que el parlamentario sea ejemplo.
Según sus promotores, el objetivo es proteger a los
parlamentarios de acusaciones infundadas o motivadas políticamente, como ha
ocurrido en los últimos años. El constitucionalista Javier Valle Riestra
advirtió en febrero de 2020 que eliminar la impunidad dejaría a los
congresistas a merced del Poder Ejecutivo. Recordó que la inviolabilidad
parlamentaria tiene raíces en Inglaterra y fue reconocida por Bill o Rights de
1688.
Por su parte, la congresista María del Carmen Alva renuncio a su bancada, señalo que, “blindar al Congreso es perder confianza y respecto”. Afirmó que la ley debe permanecer como en 2021 y advirtió que permitir el ingreso de personas con denuncias generaría desconfianza. El presidente del Congreso Eduardo Salhuana afirmo que la inmunidad “no significa impunidad”, y que es una prerrogativa común en los congresos del mundo.
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