CASO
CAYALTÍ: SE CAE DENUNCIA CONTRA NAKANO
(ElCiclón) El
representante de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Cayalti, doctor
Luis Alberto Rentería Añi no habría cumplido con subsanar las observaciones que
hizo el juez Reynaldo Leonardo Carrillo del 10° Juzgado de Investigación
Preparatoria en el Cuaderno Judicial N°293-2015-3-1706-JR-PE en el cual está
inmerso el economista Ranjiro Nakano Osores.
Según
el mencionado Cuaderno Judicial, el juez Reynaldo Leonardo Carrillo en la
audiencia del pasado 26 de junio le dio un plazo de cinco días fecha que ya se cumplió
para “ a) Incorporar en un solo
escrito acusatorio, la pena de inhabilitación, que ha integrado en la audiencia
b)
Justificar el concurso ideal que propone, señalando la conducta omisiva de cada
uno de los imputados y los elementos que conforman la tipicidad objetiva y
subjetiva del delito de omisión de actos funcionales, en todo caso, si se
tratara de un solo hecho que encaja en uno solo tipo penal, podría recurrir al artículo
349°,inciso 2,del Código Penal…”
Al
ser consultado el economista Ranjiro Nakano, remarca que el Ministerio Publico
de Cayaltí no podría subsanar una de las observación por la sencilla razón que
no podrá probar que él ha sido funcionario de la Municipalidad de Cayaltí y por
lo tanto al no ser funcionario estatal no puede culpársele por supuestas
omisiones, rehusamiento o demoras de actos funcionales y aprovechamiento indebido
del cargo.
Entre
otras observaciones también se consigna en el mencionado documento “…c) Precisar en la imputación, cuales
son los informes que emitió Basilio Vicente Cruz Barboza, y cada una de las valorizaciones,
señalando cuales están referidas a trabajos deficientes, a trabajos no
ejecutados y a reconocimiento de mayores trabajos; d) Justificar, en relación al Plano diecinueve del expediente técnico,
como habría intervenido Basilio Vicente Cruz Barboza, señalando si se dio en la
ejecución contractual o antes, y si hubo modificación del expediente técnico; y
en su caso, que tiene que ver dicha situación, con los pagos de las valorizaciones,
con la recepción de obra o con la liquidación de la misma, respecto a los
cuales hay atribución de cargo a Basilio Vicente Cruz Barboza; e) Señalando en relación a la intervención de la comisión de
recepción de obra, que observaciones existieron, que no fueron subsanadas y
pese a ello, la misma realizo la recepción de la obra”
Nakano
Osores remarca que lo raro de este proceso es que viene del 2015 y en el 2016
el mismo fiscal solicito el archivamiento del caso porque el no es funcionario,
pero en este 2019 reabre la denuncia.
“Que
quede claro que yo nunca he sido funcionario público de la Municipalidad
Distrital de Cayaltí y el delito tipificado solo es para servidores públicos y
lo que es peor el Ministerio Publico no tomo en cuenta las declaraciones de los superiores de obra del Ministerio de
Vivienda y de la obra y tal como obra en la carpeta en la primera denuncia el
fiscal solicito el archivamiento del caso pero luego cambio sin explicar los argumentos”
remarca Nakano Osores.

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