ESSALUD Y LA RESPONSABILIDAD COMPARTIDA

Por: Santiago Vinces Rentería - Secretario General de SINAMSSOP

Analizando el documento de la Organización del Trabajo (OIT) ya referido en el artículo anterior. “El fortalecimiento de la gobernanza en el Consejo Directivo de ESSALUD”, es un documento que requiere ser complementado. El Consejo Directivo no es el único actor en la gestión, claro que, por la realidad de los hechos, penosamente, deviene en el menos importante.

De acuerdo con la ley 27056, también le corresponde al presidente ejecutivo y al Gerente General responsabilidad administrativa y legal; estos cargos no han sido analizados a profundidad en el documento referido. ESSALUD es un todo.

Aquí un resultado patético de gestión señalado por la OIT:

En la sección del diagnóstico institucional, resalta las disfuncionalidades que sufre ESSALUD, como los problemas en la organización los recursos humanos-brecha entre médicos y especialistas respecto a la población beneficiaria-, la infraestructura y equipamiento, el primer nivel de atención, las tecnologías de la información y el financiamiento. Además, la existencia de un sistema de planeamiento poco articulado con el presupuesto institucional, una tendencia creciente de demandas de prestaciones insatisfechas, que, en realidad, ya fueron identificades que en realidad ya fueron identificadas, en el anterior Plan Estratégico Institucional (PEI) 2012-2016. También el PEI reconoce que el modelo de atención de la entidad privilegia la otra oferta sobre la demanda, es decir, no está centrado en el beneficiario de las prestaciones”.

Los gestores tienen nota roja, continuando esta tendencia, existe un riesgo de desfinanciamiento alto.

Demostrando que el asegurado es el que menos importa a todas las gestiones.

“En la sección del balance institucional se señala que los mecanismos establecidos para la protección de los derechos de los usuarios son poco efectivos, al no establecer mecanismos institucionales que permitan controlar y corregir las principales distorsiones identificadas en mediciones de satisfacción elaboradas por ESSALUD. Esto se refleja en el sostenido crecimiento de las quejas presentadas por los usuarios en los distintos locales de atención”.

Por la Ley 27056, el presidente ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva y ejerce la representación institucional de ESSALUD, y el Gerente General ocupa el más alto cargo administrativo y ejerce la representación legal; ambos dirigen el funcionamiento de la institución y designan al personal de dirección y de confianza. Evidentemente, entre el Consejo Directivo, el presidente ejecutivo y el Gerente General de ESSALUD hay una responsabilidad compartida y por omisión.

La presidenta de la república. Dina Boluarte y el ministro de Trabajo no pueden decir que no tienen las manos mechadas por la ineficiencia y corrupción, tal como lo señalan la OIT y la Contraloría.

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